Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 130/98

Modificase la Resolución N° 1187/98-SICYM, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado presentado por la firma Metalúrgica Kysmar Sociedad Anónima Industrial y Comercial.

Bs. As., 14/10/98

B.O.: 19/10/98

VISTO el expediente Nº 060-001084/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma METALURGICA KYSMAR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, con domicilio en Calle 22 Nº 3.331, de la localidad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, ha sido beneficiaria de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. N° 1.187 del 7 de noviembre de 1997.

Que la inclusión de los productos a exportar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 1.187 del 7 de noviembre de 1997 resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en artículo 3° de la Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 1.187 del 7 de noviembre de 1997, por el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 2º.- Los derechos y obligaciones emergentes de la presente modificación, serán regidos por Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias, Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, la presente Disposición, y los compromisos asumidos por la firma beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-001084/97.

ARTICULO 3º.- La firma METALURGICA KYSMAR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, deberá llevar registros de sus importaciones y exportaciones de forma tal, que le permita demostrar ante cualquier requirimiento por parte de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, que los bienes importados con franquicias del Decreto 33/96, no son los mismos que se han exportado conforme a dicho régimen.

ARTICULO 4º.- Déjase establecido que, a los efectos que hubiere lugar, la firma METALURGICA KYSMAR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, constituye domicilio especial en Paraguay 776, 3er. piso, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

ARTICULO 5°.- La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución S.I.C. y M. N° 1.187 del 7 de noviembre de 1997.

ARTICULO 6º.- Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 7º.- Notifíquese a la interesada.

ARTICULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Miguel A. Cuervo.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 130

Expediente Nº 060-001084/97

Empresa: METALURGICA KYSMAR SOCIEDAD ANONIMA

Productos a Exportar:

POSICION NCM

DESCRIPCION

8409.91.15

Múltiples de Escape/Admisión

8409.99.15

Múltiples de Escape/Admisión

8409.99.90

Conjunto antivibrador del motor

8483.50.90

Conjunto amortiguador de vibración

8708.50.90

Volantes

8708.93.00

Carcaza de embrague

8708.99.00

Soportes

Productos a Importar:

POSICION NCM

DESCRIPCION

8483.40.90

Corona de arranque

8483.90.90

Núcleo de amortiguador de vibraciones torsionales para cigüeñal

8708.39.00

Zapata de freno

8708.70.90

Cubo de rueda

8708.93.00

Carcaza de embrague