Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2320/98

Apruébase el proyecto "Ciberciudad La Carlota" que como experiencia piloto se llevará a cabo en la ciudad de La Carlota, Provincia de Córdoba.

Bs. As., 13/10/98

B.O: 21/10/98

VISTO el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 1018/98, y el Expediente N° 85/98 del Registro de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto mencionado en el visto creó el Programa para el Desarrollo de las Comunicaciones Telemáticas ''Argentin@internet.todos'' el que se desarrolla en el ámbito de esta Secretaría.

Que el objetivo del programa establecido es el de "promover el desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en todo el país, procurando el acceso universal a Internet y otras tecnologías interactivas y de multimedios, en condiciones de equidad geográfica y social".

Que en el marco del programa referido, se ha previsto la instalación de Centros Tecnológicos Comunitarios (CTC) en comunidades del país que cuenten con sectores sociales que, por necesidades de servicios, por su distancia con los principales centros demográficos o por su condición de pobreza, se encuentren privados del acceso a los beneficios y oportunidades que ofrece el mundo global.

Que con estos Centros Tecnológicos Comunitarios, se pretende acercar servicios de comunicaciones que permitan acceder a la información más variada disponible dentro de las redes que conforman la infraestructura global de la información, de modo que facilite todo tipo de iniciativas, especialmente en comunidades que necesiten desarrollarse.

Que ello es procedente toda vez que, en las poblaciones a seleccionar, no existen redes de telecomunicaciones desarrolladas y, por consiguiente, no les es dable disponer tales servicios; que los mismos serán ofrecidos en estos centros, concentrándose allí servicios tales como, de telefonía, fax, correo electrónico, acceso a Internet, bibliotecas virtuales, entre otros.

Que en esta era, el conocimiento se ha convertido en el factor más importante de la vida económica, contribuyendo a derribar barreras aparentemente infranqueables sobre todo en zonas con escaso desarrollo.

Que para asegurar su viabilidad es conveniente que estos centros de comunicaciones se autogestionen, por lo que entre las características para seleccionar las localidades, se tendrá en cuenta la decisión del municipio o el nivel de liderazgo de las autoridades locales para encarar este proyecto.

Que en relación con ese objetivo, se ha previsto promover la creación de un proyecto que, con carácter de experiencia piloto, vincule informáticarnente, con tecnologías interactivas y múltimediales, a los Centros Educativos y a las instituciones públicas y privadas más relevantes de una comunidad de tal modo que facilite el desarrollo de sus potencialidades y su integración con la sociedad global.

Que la experiencia que se prevé crear por la presente se ha dado en llamar CIBERCIUDAD por sus especiales características, estando orientada a ciudades que, contando con más de DIEZ MIL (10.000) habitantes, no superen los TREINTA MIL (30.000), condición esta que permite una mejor evaluación de todas las variables sujetas a experimentación dentro del esquema conceptual y operativo propuesto.

Que en ese marco, se prevé que la ciudad en la que debe instalarse esta red informática, deberá contar con una cantidad de centros educativos e instituciones locales, provinciales y nacionales tales que permita evaluar parámetros válidos susceptibles de aplicar a otras experiencias en el país.

Que siendo la ciudad de La Carlota, cabecera del Departamento Juarez Celman de la Provincia de Córdoba, una de las ciudades que reúne las condiciones antes referidas, se ha dispuesto establecer la experiencia piloto de marras en esa ciudad, denominándose al proyecto "CIBERCIUDAD LA CARLOTA".

Que la experiencia piloto "CIBERCIUDAD LA CARLOTA", tiene como objetivos: a) acompañar el desarrollo de la comunidad con el apoyo de las nuevas tecnologías que eliminan las distancias de los grandes centros de producción y consumo de información; b) integrar a la comunidad de La Carlota a la Sociedad Global de la Información; c) potenciar la productividad de su gente interconectándola y poniendo en línea contenidos locales; d) contribuir al desarrollo de la cultura local canalizando por Internet sus inquietudes y potencialidades; e) promover procesos de modernización e innovación y transferencia tecnológica, que acompañen la necesaria reconversión productiva, que deberá producirse en las economías regionales y f) promover una relación inteligente entre los actores sociales.

Que el proyecto consta de tres etapas: a) dotar de infraestructura de telecomunicaciones e informática a las instituciones más importantes de la ciudad seleccionada: b) interconectar y generar información local en línea a los efectos de insertar a la ciudad objeto de la experiencia dentro de la Infraestructura Global de la Información y c) generar sistemas inteligentes destinados a maximizar los beneficios del acceso público a la información y adquirir prácticas y sistemas de excelencia en la administración del Municipio.

Que la incorporación de abundantes contenidos locales en esta red que vincula a las entidades relevantes de la ciudad, con características de Intranet, permitirá disponer de valiosa información para cualquier tipo de iniciativa que se genere.

Que el diseño, desarrollo, instalación, puesta en funcionamiento, y capacitación que deberá realizarse, estará a cargo del equipo de técnicos que integran la Comisión de Internet de esta Secretaría.

Que el mencionado equipo a través de sus responsables, deberá efectuar el seguimiento y evaluación del proyecto, produciendo los informes correspondientes a esta Secretaría.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1°-Apruébase el proyecto "CIBERCIUDAD LA CARLOTA" que como experiencia piloto se llevará a cabo en la ciudad de La Carlota, cabecera del Departamento Juarez Celman de la Provincia de Córdoba, que se agrega formando parte de la presente como Anexo I.

Art. 2°-Desígnase Director del proyecto al Dr. Pedro Javier PRETTO, D.N.I. 17.325.336, Director adjunto, al Dr. Alejandro GARRO, D.N.I. 13.487.829, Coordinador General, al Lic. Alberto FERNANDEZ SANJURJO, D.NI. 18.330.829, Coordinadora de Contenidos Educativos a la Lic. Gabriela Roxana GALINDEZ, D.N.I. 17.114.891, Técnicos, a los Señores Marcelino ALVAREZ, D.N.I. 21.301.676, Germán EMMA, D.N.I. 17.447.636, Rubén OVIEDO, D.N.I 18.247.662, Roberto Ariel GARRO, D.N.I. 20.130.184, y Fabián BENITEZ, D.N.I. 17.647.210.

Art. 3°-Instrúyese a los responsables designados en el artículo precedente, para que informen periódicamente a esta Secretaría la evolución y resultados del proyecto Ciberciudad que aprueba la presente.

Art. 4° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Germán Kammerath.

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).