AUDITORIA GENERAL DE LA NACION

Disposición Nº 100/98

Bs. As., 15/10/98

B.O: 22/10/98

VISTO la Disposición N° 46/97 dictada por la Auditoría General de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Disposición, se aprobó el régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales en el ámbito de la Auditoría General de la Nación.

Que la Auditoría Interna es responsable de la recepción, conservación, custodia, archivo, registro y de velar por el cumplimiento de la obligación impuesta por este régimen.

Que dicho régimen establece en su artículo 9° (Anexo I) la obligatoriedad, por parte de la Auditoría, de conservar las declaraciones, por un lapso de seis (6) anos contados a partir de la fecha de desvinculación del funcionario o hasta la culminación de las actuaciones administrativas o judiciales promovidas a su respecto, lo que fuera posterior.

Que el análisis efectuado, de las normas legales y reglamentarias vigentes, aplicables a la prescripción de acciones que pudieran entablarse por parte de la Administración, como consecuencia del accionar de sus agentes, aconseja extender el periodo de guarda a diez (10) años.

Que el Colegio de Auditores Generales, en su sesión del 08/10/98, prestó conformidad al criterio sustentado por la presente.

Que el Presidente de la Auditoría General de la Nación ejerce la representación del Organo:

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AUDITORIA GENERAL DE LA NACION

DISPONE:

ARTICULO 1°-Modifícase el artículo 9° del Régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales aprobado por Disposición N° 46/97 - A.G.N., el que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 9°-Las declaraciones juradas se mantendrán en poder de la Auditoría General de la Nación durante diez (10) años, contados a partir de la fecha de desvinculación del funcionario o hasta la culminación de las actuaciones administrativas o judiciales promovidas a su respecto, lo que fuera posterior. Transcurrido el término correspondiente serán destruidas".

ARTICULO 2°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ, Auditor General a/c Presidencia, Auditoría General de la Nación.

e. 22/10 N° 250.991 v. 22/10/98.