Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA

Disposición 134/98

Modifícase la Resolución N° 469/97, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma Inacel S.A.

Bs. As., 27/10/98

B.O: 3/11/98

VISTO el expediente N° 060-019131/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que por el mismo, la firma INACEL S.A., con domicilio en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A", Capital Federal, solicitó se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. N° 469 del 20 de mayo de 1997 modificada por Disposición S.S.I. N° 26 del 29 de mayo de 1997.

Que por expediente N° 060-005792/98 la firma INACEL S.A., solicita la modificación de la Posición N.C.M. 3920.10.00 de un producto a importar por la 3920.10.90.

Que la modificación de la posición arancelaria en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 469 del 20 de mayo de 1997 modificado por Disposición S.S.I. N° 26 del 29 de mayo de 1997, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1°-Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 469 del 20 mayo de 1997 modificado por Disposición S.S.I. N° 26 del 29 de mayo de 1997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma INACEL S.A. con domicilio en Uruguay 651, Piso 13 Departamento "A", Capital Federal, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-019131/96.

Art. 3°-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma INACEL S.A. constituye domicilio especial en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A", Capital Federal, donde serán válidas todas la notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°-La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°-Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6°-Notifíquese a la interesada.

Art. 7°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Miguel A. Cuervo.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. N° 134

Expediente N° 060-019131/96

Empresa: INACEL S.A.

Producto a Exportar:

Posición N.C.M.

Descripción

8507.10.00

Baterías de arranque.

Productos a Importar:

Posición N.C.M.

Descripción

8507.10.00

Baterías de arranque.

3920.10.90

Separadores de polietileno.