Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 499/98

Establécese la fijación de políticas de contrataciones en lo referente a la emisión de órdenes de compra por parte de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional.

Bs.As., 30/10/98

B.O.: 4/11/98

VISTO el expediente 001-003675/98 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que tramita la iniciativa de la SECRETARIA DE HACIENDA relativa a la fijación de políticas de contrataciones en lo referente a la emisión de ordenes de compra por parte de las jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la implementación de la Resolución Nº 225/96 se verificó una notable heterogeneidad en la información que surge de los textos adoptados para sus órdenes de compra por las diversas jurisdicciones y entidades.

Que siguiendo el mismo criterio que inspiró el dictado de la Resolución mencionada, es posible avanzar en lo realizado mediante la unificación del formato de las órdenes de compra y la simplificación del trámite de envío de información a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, de manera que dicho órgano rector pueda mejorar la calidad del procesamiento de los datos disponibles para la formulación de políticas y la elaboración de estadísticas.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 29 del Decreto N° 1545 del 31 de octubre de 1994.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dispónese que a partir de la fecha de la presente resolución las unidades operativas de contrataciones de todas las jurisdicciones y entidades deberán emitir las órdenes de compra en formato estándar conforme con el modelo del Anexo I. En el texto de las mismas se indicará el rubro comercial de acuerdo con la planilla del Anexo II y, en el espacio correspondiente a la Descripción, el número de Catálogo de cada bien comprendido en la orden de compra. Los organismos que aún no dispongan del Sistema de Identificación de Bienes y Servicios, deberán completar la información mencionada en último término a medida que se implemente dicho Sistema en sus respectivos ámbitos.

Art. 2º.- Los organismos que contaren con un sistema informático propio de contrataciones deberán introducirle las modificaciones correspondientes, con fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo primero.

Art. 3º.- A partir de la fecha de la presente, todas las jurisdicciones y entidades deberán transmitir sus órdenes de compra a la Oficina Nacional de Contrataciones por correo electrónico, transaf o soporte magnético estándar, a la dirección indicada en la última parte del Anexo II, quedando sin efecto la obligación de remitir las fotocopias de las órdenes de compra, impuesta mediante la Resolución S.H. Nº 225/96.

Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo E. Guidotti

ANEXO II

RUBROS COMERCIALES:

Código

Descripción

1

Alimentos

2

Librería, papelería y útiles de oficina

3

Elementos de limpieza

4

Indumentaria y Textil

5

Bazar y Menajes

6

Ferretería

7

Combustibles y Lubricantes

8

Carpintería

9

Electricidad y Telefonía

10

Cerrajería

11

Accesorios y repuestos del automotor

12

Sanitarios, plomería y gas

13

Informática

14

Repuestos

15

Vidriería

16

Materiales de construcción

17

Pinturas

18

Tapicería

19

Artículos del hogar

20

Herrería

21

Artículos para animales

22

Maquinaria y equipo de producción

23

Equipo de transporte, tracción y elevación

24

Equipo sanitario y de laboratorio

25

Equipo de comunicación y señalamiento

26

Motores y generadores

27

Equipo de oficina y muebles

28

Máquina herramienta

29

Utiles médico quirúrgico

31

Gases industriales

32

Agroquímicos

33

Herramientas electrónicas, neumáticas y otras

34

Equipo de audio y presentaciones

35

Equipo contra incendio

36

Material fotográfico

37

Juegos y recreación

38

Imprenta y editoriales

39

Artículos de confección textil

40

Correos y telégrafos

50

Productos para imprenta

42

Vigilancia y seguridad

43

Limpieza, aseo y fumigación

44

Alquiler de edificios y locales

45

Mantenimiento de equipo

46

Alquiler de equipos

47

Alquiler de equipos de computación

51

Productos farmacéuticos

52

Equipo militar y de seguridad

53

Material de guerra

54

Servicio de vigilancia

55

Obras de arte

56

Productos veterinarios

LUGAR DONDE DEBE REMITIRSE LA INFORMACION:

Oficina Nacional de Contrataciones

Dirección: Balcarce 186

Piso: 4

Oficina: 444

Teléfono: 349-6588/78

Fax: 349-6584

E-Mail: onc@mecon.gov.ar

ANEXO I