BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6414. 21/10/98. Régimen de redescuentos y adelantos por iliquidez. Tasas de interés aplicables.

B.O.: 05/11/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"- Establecer las siguientes tasas de interés nominales anuales para las operaciones de asistencia financiera por iliquidez transitoria establecidas por la Comunicación "A" 2775.

1. Adelanto en cuenta por iliquidez transitoria:

1.1. Con garantía de títulos con oferta pública: 9%.

1.2. Con garantía hipotecaria en primer grado sobre bienes propios de las entidades u otros activos y/o valores: 9,5%.

2. Redescuentos por iliquidez transitoria:

Créditos y/o valores a redescontar, correspondientes a clientes del sector privado no financiero, clasificados "en situación normal" o "de cumplimiento normal": 9,5%.

e. 5/11 N° 252.917 v. 5/11/98