Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 736/98

Considérase sujeta al beneficio establecido por la Resolución N° 502/95-MEYOSP, la importación de bienes integrantes de un proyecto presentado por la firma Alpargatas Textil Sociedad Anónima.

Bs. As., 4/11/98

B.O.: 10/11/98

VISTO el Expediente Nº 061-001199/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ALPARGATAS TEXTIL SOCIEDAD ANONIMA, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 para la importación de equipamiento adquirido a la firma GTC TEXTILE CONSULTANCY de la REPUBLICA ARGENTINA, bajo la modalidad llave en mano.

Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una ampliación de su planta instalada en la ciudad de Bella Vista, Provincia de CORRIENTES, y tendrá por objeto la producción de tejido denim con puntaje inferior a TRES (3).

Que la firma ALPARGATAS TEXTIL SOCIEDAD ANONIMA, adquirió el compromiso de obtener una certificación de norma internacional de calidad mediante un acuerdo establecido con una certificadora de calidad acreditada a tal fin.

Que, asimismo, la firma mencionada ha asumido el cumplimiento de un programa de exportación de los bienes a elaborar, de acuerdo a las condiciones previstas por la Autoridad de Aplicación, según el Artículo 9º de la Resolución ex - SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995.

Que se cuenta con un informe favorable emitido por la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO, provincia de BUENOS AIRES manifestando que el proyecto responde a lo previsto en la reglamentación vigente.

Que del análisis efectuado surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex - S. C. e I. Nº 318/95.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y el Decreto Nº 1183 de fecha 12 de noviembre de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Considérase sujeta al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ALPARGATAS TEXTIL SOCIEDAD ANONIMA, consistente en una ampliación de planta para la producción de tejido denim con puntaje inferior a TRES (3), cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en DOS (2) planillas forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º.- Atento a lo requerido por el Artículo 5º inciso a) de la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95, la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex - S. C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.

ARTICULO 3º.- El incumplimiento por la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad y/o el compromiso de exportación, dará lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en la situación prevista en el Artículo 15 de la Resolución M.E y O. y S.P. Nº 502/95.

ARTICULO 4º.- A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto Guadagni.

ANEXO I A LA RESOLUCION N° 736

BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS INDUSTRIALES" CON DESTINO A LA INSTALACION DE UNA LINEA DE PRODUCCION DE TEJIDO DENIM

SUBPARTIDA ARMONIZADA

CANTIDAD

DESCRIPCION

8445.19

8445.19

8445.20

8446.30

 

8414.80

8421.39

2

3

3

80

 

2

4

Manuares doble entrega

Manuares simple entrega

Hiladoras bobinadoras, automáticas

Telares para tejidos de anchura superior a 30

cm, sin lanzadera, a chorro de aire

Compresores de aire a tornillo

Equipo de filtrado, motorizado, de circulación aérea a través de rieles, para el aspirado y soplado de pelusas de fibra de algodón; constituido por filtro, soplador, aspirador y magueras

Monto total de los bienes integrantes del "Proyecto para la instalación de Nuevas Plantas Industriales", sin repuestos: DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 6.750.000.-).

Monto total de los repuestos de acuerdo al Artículo 2° de la Resolución M.E. Y O. Y S.P. 502/95: DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS (U$S 337.500.-).