Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2437/98

Aclaración sobre un otorgamiento de licencias en régimen de competencia para la prestación de Servicios de Valor Agregado y Transmisión de Datos, en el ámbito nacional.

Bs. As., 3/11/98

B.O.: 11/11/98

VISTO el Expediente N° 38.450/96, del registro de la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual la COMPAÑIA SUDAMERICANA DE TELEFONOS S.A., solicita el cambio de titularidad de las licencias que posee para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de Competencia, a nombre de ARTIGE S.A., y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a la documentación oportunamente allegada en autos, surge que la COMPAÑIA SUDAMERICANA DE TELEFONOS S.A., ha transferido sus licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de Competencia para la prestación de los Servicios de Valor Agregado y Transmisión de Datos a ARTIGE S.A.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de competencia oportunamente otorgadas a la empresa citada en primer término, a través de la Resolución N° 62 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, con fecha 22 de enero de 1997, deben entenderse otorgadas a ARTIGE S.A.

Que a efectos de garantizar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el punto 9.2 del Pliego aprobado por Decreto N° 62 del 5 de enero de 1990 y sus modificatorios, es necesario aclarar que, el Servicio de Videoconferencia, para el segmento internacional, deberá hacer uso de los enlaces que provea TELINTAR S.A.

Que se han cumplido los requisitos que estipulan las normas aplicables en la materia.

Que ha tomado intervención el órgano jurídico de la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto N° 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° - Aclárase que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia oportunamente otorgadas a la COMPAÑIA SUDAMERICANA DE TELEFONOS S.A., a través de la Resolución N° 62 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, con fecha 22 de enero de 1997, para la prestación de los Servicios de Valor Agregado y Transmisión de Datos en el ámbito Nacional, deben entenderse otorgadas a ARTIGE S.A.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Germán Kammerath.