Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

PESCA

Resolución 185/98

Suspéndese la pesca de la especie Pez Palo (Percophis brasillensis), para los buques de bandera nacional.

Bs. As., 9/11/98

B.O.: 12/11/98

VISTO el expediente N° 800-009026/98 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y la Resolución N° 3 de fecha 1° de julio de 1998 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que se ha alcanzado la captura máxima permisible para la especie PEZ PALO (Percophis brasillensis), fijada para el año 1998.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 214 de fecha 23 de febrero de 1998, y por el artículo 7° y concordantes de la Ley N° 24.922.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1° —Suspéndese a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial y hasta el 31 de diciembre de 1998 la pesca de la especie PEZ PALO (Percophis brasillensis), para los buques de bandera nacional, por haberse alcanzado la captura máxima permisible establecida por Resolución N° 3 de fecha 1° de julio de 1998 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Art. 2° —La violación a la medida dispuesta hará pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley N° 24.922.

Art. 3° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Gumersindo F. Alonso.