Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 2548/98
Otórgase licencia en régimen de competencia para la prestación de un Servicio de Transmisión de Datos.
Bs. As., 25/11/98
B.O: 1/12/98
VISTO el Expediente N° 9472/98, del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el cual Maria Cecilia LEPORATI (D.N.I. N° 22.436.254), solicita licencia para la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 731 del 12 de setiembre de 1989, modificado por su similar N° 59 del 5 de enero de 1990, estableció que los servicios de telecomunicaciones no considerados básicos o declarados en régimen de exclusividad por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, serán prestados en régimen de competencia.
Que los Decretos Nros. 62 del 5 de enero de 1990 y 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, establecen que los interesados en la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia, deberán obtener la respectiva licencia.
Que las Resoluciones dictadas por la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Nros. 477 del 17 de febrero de 1993 y 996 del 12 de marzo de 1993 y la similar N° 5623, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES el 28 de noviembre de 1996, establecen el régimen y los requisitos para la obtención de las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.
Que en el Punto 8 del Anexo I de la Resolución N° 477 CNT/93, mencionada en el considerando anterior, se establece que el otorgamiento de las licencias es independiente de la existencia y asignación del medio requerido para la prestación del servicio.
Que ha tomado la intervención que le compete, el organismo jurídico de la Comisión - Nacional de Comunicaciones.
Que debe procederse en este caso de conformidad con lo dispuesto a través del Punto 7.2 del Anexo II de la Resolución 477 CNT/93.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto N° 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE
Artículo 1°-Otórgase la licencia en régimen de competencia a María Cecilia LEPORATI (D.N.I . N° 22.436.254), para la prestación del SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS, en el ámbito Nacional.
Art. 2°-En el caso de no obtener la inscripción correspondiente en el plazo de NOVENTA (90) días computados desde el otorgamiento de la licencia o desde la asignación de las frecuencias para los servicios que lo requieran, lo que ocurra más tarde, la licencia caducará de pleno derecho.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Germán Kammerath.