Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2621/98

Otórgase licencia en el ámbito nacional para la instalación, operación y explotación de servicios de telefonía pública.

Bs. As., 4/12/98

B.O: 15/12/98

VISTO el Expediente Nº 81/98 del registro de esta Secretaría de Comunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º del Decreto 264/98 estableció que la explotación de los teléfonos públicos se efectuaría en régimen de abierta y plena competencia de conformidad con el Reglamento General de Telefonía Pública a dictarse conforme las pautas establecidas en el Anexo III de la norma citada en primer término, y el Plan Nacional de Licencias de Telefonía Pública que dictaría esta Secretaría.

Que por Resolución S.C. N° 1122/98 se aprobó el Reglamento de Telefonía Pública y el Plan Nacional de Licencias de Telefonía Pública, que como Anexos I y II integran la misma.

Que el Plan Nacional de Licencias de Telefonía Pública prevé en el apartado IV, ultimo párrafo que podrán otorgarse licencias para el servicio de que se trata a los operadores de redes físicas para la transmisión de televisión que reúnan individualmente las condiciones exigidas en el artículo del Decreto 264/98.

Que conforme surge de las actuaciones citadas en el Visto SUPERCANAL HOLDING S.A. efectuó en tiempo y forma la presentación pertinente acreditando los extremos correspondientes.

Que la interesada ha suscrito el contrato de adjudicación de licencia para prestar el servicio de telefonía pública y a presentado la garantía de cumplimiento exigida en el articulo 21, apartado 21.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por Resolución S. C. Nº 1370/98 y su Circular Aclaratoria.

Que en consecuencia corresponde a la AUTORIDAD REGULATORIA otorgar a la presentarte licencia para la prestación del Servicio de Telefonía Pública.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas y alcances dei Decreto 264/ 98, lo dispuesto en los artículos 1º, apartado 5º y 3º, del Anexo I de la Resolución S. C. Nº 1122/98, el Decreto 1620/98 y la Resolución S. C. Nº 2500/98.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º- Otórgase a SUPERCANAL HOLDING S.A. licencia en el ámbito nacional para la instalación, operación y explotación de los servicios de telefonía pública.

Art. 2º- La presente licencia se otorga en los términos y condiciones del Decreto 264/98, la Resolución S. C. Nº 1122/98 y el contrato oportunamente suscripto.

Art. 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alejandro B. Cima.