Ministerio de Cultura y Educación

EDUCACION

Resolución 2539/98

Educación Polimodal. Requisitos. Espacios curriculares. Trayecto técnico-profesional.

Bs. As., 9/12/98

VISTO la Ley Nº 24.195, el Decreto Nº 1276/96 y las Resoluciones Ministeriales nros. 1810/96 y 2536/98, y las Resoluciones del Consejo Federal de Cultura y Educación Nros. 30 del 8 de septiembre de 1993, 37 del 5 de julio de 1994; 41 del 22 de junio de 1995; 43 del 11 de octubre de 1995 y 80 del 16 de septiembre de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 53°, inciso c) de la Ley Nº 24.195 el Poder Ejecutivo Nacional esta facultado, a través del Ministerio de Cultura y Educación, para dictar normas generales sobre equivalencias de títulos y estudios, estableciendo la validez automática de los planes concertados en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 1276/96 dispone que la validez de los títulos expedidos por los establecimientos educativos de gestión estatal y de gestión privada reconocidos esta sujeta a su reorganización curricular e institucional, en función de la estructura de niveles y ciclos del Sistema Educativo Nacional aprobada por la Ley N° 24.195 y sus normas derivadas.

Que estos cambios deben enmarcase en criterios comunes que orienten la gradualidad de su implementación, de acuerdo con la Resolución N° 30/93 del Consejo Federal de Cultura y Educación.

Que los "Contenidos Básicos Comunes" y los "Contenidos Básicos Orientados" para la Educación Polimodal establecidos por la Resolución Ministerial N° 2536/98.

Que la Resolución N° 37/94 del Consejo Federal de Cultura y Educación aprobó los "Criterios para la planificación de diseños curriculares compatibles" en las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, entre los cuales se establece para el nivel Polimodal una carga horaria mínima de 900 horas reloj anuales, sobre la base de 180 días de clase, tendiendo a acercarse a las 1080 horas anuales en el mediano plazo.

Que las Resoluciones Nros. 41/95 y 43/95 del Consejo Federal de Cultura y Educación aprobará los criterios de la organización y el funcionamiento institucional de una escuela.

Que por Resolución N° 80/98 el Consejo Federal de Cultura y Educación se aprobó la Estructura Curricular Básica para la Educación Polimodal.

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA Y EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1º — La Educación Polimodal debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Enmarcar su organización institucional en las disposiciones de las Resoluciones Nros. 41/95 y 43/95 del Consejo Federal de Cultura y Educación, y en las normas nacionales acordes que se dicten oportunamente.

b) Estar integrada por dos tipos de formación (Formación General de Fundamento y Formación Orientada), en cualesquiera de sus cinco modalidades: Ciencias Naturales, Economía y Gestión de las Organizaciones, Humanidades y Ciencias Sociales, Producción de Bienes y Servicios y Comunicación Artes y Diseño.

c) Comprender, en su estructura curricular básica, tres tipos de espacios curriculares:

I. De todas las modalidades.

II. Propios de cada modalidad.

III. De definición institucional.

d) Totalizar en su carga horaria, como mínimo, DOS MIL SETECIENTAS (2700) horas reloj distribuidas en TRES (3) años, sobre una base de ciento ochenta días anuales de clase efectivos.

e) Distribuir la carga mínima total entre los distintos tipos de espacios curriculares de la siguiente manera:

I. Para todas las modalidades, entre un 55% y un 60%.

II. Propios de cada modalidad, entre un 25% y un 30%.

III. De definición institucional: entre un 15% y un 20%.

f) Asignar a cada espacio curricular que tenga duración anual, una carga mínima de setenta y dos horas reloj.

Art. 2º — Las estructuras curriculares específicas de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires, correspondientes a la Educación Polimodal, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar integradas por un máximo de 30 espacios curriculares, distribuidos a razón de 10 por año, de acuerdo con las pautas establecidas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

b) Incluir entre 18 y 20 espacios curriculares de todas las modalidades, que abarquen la totalidad de los campos del conocimiento; su cantidad puede variar de acuerdo con el detalle que se establece en el Anexo II que forma parte de la presente resolución.

c) Excluir de la opcionalidad de los campos de conocimiento de la segunda columna del Anexo II a la modalidad correspondiente, es decir:

• los tres espacios curriculares de la modalidad Ciencias Naturales son obligatorios para esta modalidad.

• los cinco espacios curriculares para la modalidad Humanidades y Ciencias Sociales son obligatorios para esta modalidad.

• los tres espacios de Tecnología son obligatorios para la modalidad Producción de Bienes y Servicios.

• los tres espacios curriculares de Artes y Comunicación son obligatorios para la modalidad de Comunicación, Artes y Diseño.

• la modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones debe incluir los espacios "Economía I" "Historia I", y "Geografía I" del campo Humanidades y Ciencias Sociales, y "Tecnología de Gestión del campo Tecnología".

d) Incluir un total de 7 espacios curriculares propios de cada modalidad, diferenciados entre comunes y opcionales:

• las estructuras curriculares especificas de una misma modalidad deben incluir 4 espacios curriculares comunes, propios de cada modalidad, de acuerdo con el detalle que se establece en el Anexo III que forma parte de la presente resolución.

• las estructuras curriculares especificas de una misma modalidad deben asimismo incluir 3 espacios curriculares opcionales, propios de cada modalidad, de acuerdo con el detalle que se establece en el Anexo IV que forma parte de la presente resolución, u otros espacios que definan las Provincias y la ciudad de Buenos Aires.

e) Incluir entre 3 y 5 espacios curriculares de Definición Institucional.

Art. 3º — Los espacios curriculares de definición institucional deben incorporar los requerimientos específicos de cada contexto institucional, los que serán definidos por los establecimientos a partir de las pautas acordadas por la Resolución 54/96 del Consejo Federal de Cultura y Educación.

Art. 4º — Los Espacios curriculares opcionales propios de cada modalidad y los de definición institucional pueden reemplazarse por módulos de los Trayectos Técnico Profesionales en número no mayor de 7, siempre que esta carga horaria abarque no más de un 25% de la carga horaria total.

Art. 5º — Los términos usados en la presente resolución tendrán la significación que se les asigna en el glosario que integra el Anexo V que forma parte de la presente resolución.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Susana B. Decibe.

ANEXO I

ESTRUCTURA CURRICULAR BASICA DE POLIMODAL

Distribución de la cantidad anual de espacios curriculares

ESPACIOS CURRICULARES

1º AÑO

2º AÑO

3º AÑO

EC de todas las modalidades

Entre 7 y 9

Entre 5 y 7

Entre 3 y 4

EC propios de cada modalidad

Entre 0 y 1

Entre 2 y 3

Entre 4 y 5

EC de definición institucional

Entre 0 y 2

Entre 1 y 2

Entre 2 y 3

ANEXO II

ESTRUCTURA CURRICULAR BASICA DE POLIMODAL

Espacios Curriculares de todas las modalidades

Lengua y Literatura

Dos o tres espacios curriculares

Lengua y Literatura I

Lengua y Literatura II

Lengua y Literatura III

 

Lenguas Extranjeras

Tres espacios curriculares para adquirir un nivel de una Lengua Extranjera

Lengua extranjera I

Lengua Extranjera II

Lengua Extranjera III

 

Matemática

Dos espacios curriculares

Matemática I

Matemática II

 

Formación Etica y Ciudadana.

Un espacio curricular

Formación ética y ciudadana

 

Educación Corporal.

Dos o tres espacios curriculares

Educación Física I

o Lenguaje Corporal I

Educación Física II

o Lenguaje Corporal II

Educación Física III

o Lenguaje Corporal III

Ciencias Naturales

Dos o tres espacios curriculares

Física I

Química I

Biología I

 

Humanidades y Ciencias Sociales

Tres o cuatro espacios curriculares

Historia I

Geografía I

Economía I

Filosofía I

Psicología

 

Tecnología

Uno o dos espacios curriculares

Procesos productivos

Tecnologías de gestión

Tecnologías de la información y la Comunicación

 

Artes y Comunicación.

Uno o dos espacios curriculares

Lenguajes artísticos - comunicacionales

Comunicación

Cultura y estéticas contemporáneas

TOTAL: ENTRE 18 y 20 ESPACIOS CURRICULARES

ANEXO III

ESTRUCTURA CURRICULAR BASICA DE POLIMODAL

Espacios Curriculares propios de cada modalidad

MODALIDAD

COMUNES

CIENCIAS NATURALES

Biología II

Química II

Física II

Proyecto de investigación e intervención socio-comunitaria

ECONOMIA Y GESTION DE LAS ORGANIZACIONES

Teoría y gestión de las organizaciones I

Derecho

Sistemas de información

Proyecto y gestión de Microemprendimientos

HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

Cultura y Comunicación

Sociología

Ciencias Políticas

Proyecto de investigación e intervención socio-comunitaria

PRODUCCION DE BIENES Y SERVICIOS

Tecnologías de control

Tecnologías de los materiales

Marco jurídico de los procesos productivos

Proyecto tecnológico

COMUNICACION ARTES Y DISEÑO

Lenguajes II

Diseño

Imágenes y contextos

Producción y gestión comunicacional

Cantidad de espacios

4 espacios comunes

ANEXO IV

ESTRUCTURA CURRICULAR BASICA DE POLIMODAL

Espacios Curriculares propios de cada modalidad

MODALIDAD

OPCIONALES

CIENCIAS NATURALES

Ecología de ambientes urbanos y rurales

Salud

Ambiente y Sociedad

Astrofísica

Matemática aplicada

ECONOMIA Y GESTION DE LAS ORGANIZACIONES

Economía II

Derecho económico

Sistemas de información contable

Teoría y gestión de las organizaciones II

Gestión financiera y cálculo financiero

HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

Lengua y Literatura III

Filosofía II

Historia II

Geografía II

Lenguas y cultura global

PRODUCCION DE BIENES Y SERVICIOS

Tecnologías de la energía

Electrónica

Instrumentación y control

Procesos agrícolas

Proyecto tecnológico

Producción de servicios

COMUNICACION ARTES Y DISEÑO

Producción verbal

Industria cultural

Publicidad y marketing

Lenguaje multimedial

Lenguas v cultura global

Cantidad de espacios

3 espacios a elección

ANEXO V

GLOSARIO

ESTRUCTURA CURRICULAR BASICA: Es la matriz mediante la cual se organizan y distribuyen en el tiempo los contenidos a enseñar en cada ciclo y/o nivel del sistema educativo nacional.

ESTRUCTURA CURRICULAR ESPECIFICA: Es la matriz mediante la cual cada provincia y la ciudad de Buenos Aires organiza y distribuye en el tiempo los contenidos de cada ciclo y/o nivel del sistema educativo nacional.

ESPACIO CURRICULAR: Es un conjunto de contenidos, organizados en función de criterios pedagógicos, epistemológicos y psicológicos, y seleccionados para su enseñanza y aprendizaje en un tiempo determinado, que puede adoptar distintos formatos —taller, seminario, laboratorio, proyecto, asignatura— o integrar varios de ellos.

Existen tres tipos de espacio curricular:

a) Espacios curriculares de todas las modalidades: Son de oferta común para todas las modalidades de la educación polimodal.

b) Espacios curriculares propios de cada modalidad: Son la oferta específica para cada una de las modalidades de la Educación Polimodal.

c) Espacios curriculares de definición institucional: Son ofertas que responden a los requerimientos y particularidades de cada unidad escolar.

TRAYECTO TECNICO-PROFESIONAL: Es la oferta formativa opcional, para los/las estudiantes o egresados/as de la educación polimodal o secundaria que deseen formarse en un campo profesional determinado. Se organiza a partir de un conjunto de módulos secuenciados.

CAMPO DE CONOCIMIENTO: Es un conjunto de conocimientos básicos correspondientes a disciplinas, afines entre sí en términos de formación de competencias, que se agrupan y organizan en espacios curriculares.

MODALIDAD: Es la diversificación curricular que resulta de combinar espacios curriculares que organizan Contenidos Básicos Comunes y una selección de Contenidos Básicos Orientados. Esta combinación define un recorrido formativo.