INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

Resolución 251/98

Prorrógase el plazo para la adquisición de los formularios e instructivos y la presentación de la declaración jurada correspondiente al año 1997, por parte de los establecimientos industriales y/o especiales.

Ezeiza, 29/12/98

VISTO, los Decretos N° 674/89, 776/92, 1403/96 y 74/97 y las Resoluciones y Disposiciones dictadas en su consecuencia, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 10 del Decreto N° 674/89 establece que todos los establecimientos industriales y/o especiales están obligados a presentar una declaración jurada anual conteniendo los datos que se especifican en las Disposiciones Instrumentales del citado Decreto.

Que a todo establecimiento que no efectúe la presentación en termino de la declaración jurada anual se le aplicará la multa prevista en el artículo 15° del Decreto N° 674/89.

Que se ha realizado el llamado a presentación en término de la declaración jurada anual correspondiente al año 1997 mediante Resolución INA N° 166 de fecha 24.09.98, habiendo finalizado el mismo el 18.12.98.

Que por Decreto N° 1403/96, el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente realiza las funciones operativas derivadas del Poder de Policía en materia de Control de la Contaminación, en lo que hace a la calidad de las aguas naturales, superficiales y subterráneas y de todo tipo de vertidos de establecimientos industriales y especiales, incluidos los peligrosos, arrojados directa o indirectamente a un recurso hídrico.

Que ha tomado la intervención el Servicio Jurídico Permanente de este organismo.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los Decretos N° 674/89, 776/92, 1403/96 y 74/97.

Por ello

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorrogar hasta el día 1 de abril de 1999 el plazo para la adquisición de los formularios e instructivos y la presentación de la declaración jurada correspondiente al año 1997.

Art. 2° — Fijar como lugar de presentación la Mesa de Entradas, Salidas y archivo del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, sito en Autopista Ezeiza - Cañuelas, Tramo Jorge Newbery Km. 1,620 - Ezeiza.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, en el Boletín Oficial y cumplido oportunamente archívese. — Mario R. De Marco Naon.