CONVENIOS

Decreto 1572/98

Ratifícase un Convenio Modificatorio del Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia de Tucumán y del Sistema Municipal de Previsión Social al Estado Nacional, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Tucumán, el Gobierno de la Ciudad de San Miguel de Tucumán y el Gobierno Nacional.

Bs. As., 30/12/98

B.O.: 15/1/99

VISTO el expediente N° 001-00073828-047 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que la ley de la PROVINCIA DE TUCUMAN N° 6918 y la Ordenanza Municipal N° 2786 del H. Consejo Deliberante de la MUNICIPALIDAD de la CIUDAD de SAN MIGUEL DE TUCUMAN ratifican el CONVENIO MODIFICATORIO del Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia de TUCUMAN y del Sistema Municipal de Previsión Social al Estado Nacional.

Que el Convenio de Transferencia aludido en el considerando anterior, ratificado por Decreto N° 1065 de fecha 21 de septiembre de 1996, se celebró en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del capítulo 2° de la Declaración del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento celebrado entre el Estado Nacional y los Estados Provinciales con fecha 12 de agosto de 1993.

Que asimismo el referido Convenio de Transferencia implica la adhesión al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones conforme a lo previsto en el acápite 4°, inciso a), del artículo 2° de la Ley N° 24.241.

Que, cumplida la ratificación y aprobación del Convenio Modificatorio celebrado entre las partes con fecha 16 de diciembre de 1998, por medio de los actos legislativos indicados en el primer considerando, corresponde su ratificación por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que debe autorizarse al Señor Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las compensaciones presupuestarias que resulten necesarias para que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL absorba el costo del Convenio Modificatorio referido.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL en el artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Ratifícase el CONVENIO MODIFICATORIO del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN Y DEL SISTEMA MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL AL ESTADO NACIONAL, celebrado entre el Gobierno de la PROVINCIA DE TUCUMAN, el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN y el GOBIERNO NACIONAL a través de los MINISTERIOS DEL INTERIOR, de ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, con fecha 16 de diciembre de 1998 que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2°-Autorízase al Señor Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las compensaciones presupuestarias que resulten necesarias para que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL absorba el costo del CONVENIO MODIFICATORIO que se ratifica por el presente decreto.

Art. 3°-LA SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS quedan facultados para dictar, cada uno en el ámbito de su jurisdicción las normas aclaratorias e interpretativas del presente decreto.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Antonio E. González.-Carlos V. Corach.-Guido J. Di Tella.

NOTA: El Convenio que forma parte integrante del presente Decreto, no se pública. El mismo puede ser consultado en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).