ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 889/98

Bs. As., 29/12/98

B.O.: 18/1/99

VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1738 del 18 de setiembre de 1992 y el Expediente N° 3655/98 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las disposiciones de los Artículos 59 inciso e), y 61 de la Ley 24.076, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) debe formular su presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos que se elevará al PODER EJECUTIVO NACIONAL para su inclusión en el proyecto de la Ley nacional de Presupuesto del ejercicio correspondiente.

Que el presupuesto del ENARGAS fue elevado oportunamente al PODER EJECUTIVO NACIONAL, encontrándose "ad referéndum" de su aprobación por el CONGRESO DE LA NACION.

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N° 1738/92 y hasta tanto sea sancionada y reglamentada la Ley de Presupuesto para el Año 1999, se hace necesario establecer un anticipo a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 1999, a abonar por las empresas prestadoras del servicio de gas.

Que, a fin de determinar la base de cálculo para el pago del anticipo que se dispone, se cuenta con la información correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los Estados Contables al 31 de diciembre de 1997 de las Distribuidoras y Transportistas de Gas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAS N° 60/94 modificada por la Resolución ENARGAS N° 362/96.

Que el anticipo que por la presente se fija, se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el año 1999, el que se determinará en forma definitiva, en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 1998.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley N° 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto N° 1738/92.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGUÑADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Fíjase un anticipo a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control que oportunamente se determine para el año 1999 de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 5.500.000), la que será abonada por cada Sociedad Licenciataria de Gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.

ARTICULO 2° - Establécese como fecha de vencimiento para el ingreso del importe determinado en el Artículo N° 1 precedente (Columna VTO 1° Anticipo Tasa Fiscalización y Control 1999 del Cuadro ANEXO D, el día 20 de enero de 1999, vencido el cual será de aplicación lo establecido por el Artículo 64 de la Ley N° 24.076.

ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. - Ing. RICARDO V. BUSI, Director Ente Nacional Regulador del Gas. - Ing. JOSE ANDRES REPAR, Vicepresidente Ente Nacional Regulador del Gas.- Ing. HECTOR E. FORMICA, Director Ente Nacional Regulador del Gas.

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 1999 - 1° ANTICIPO

Empresa

Ingresos Brutos Totales Miles $

Compra Capacidad Transporte Miles $

Compra de Gas Miles $

Ingresos Brutos de Actividad Miles $

% ingr. Bruto Act. S/Total %

Vto 20/01/99 1° Anticipo Tasa 1999 $

Transportadora de Gas del Norte S.A.

182,630.00

0.00

0.00

182.630.00

13.536049%

744,483.00

Transportadora de Gas de! Sur S.A.

362,730.00

0.00

0.00

362,730.00

26.884582%

1,478,652.00

Metrogas S.A.

598,282.00

207,229.00

186,141.00

204,912.00

15.187.532%

835.,315.00

Gas Natural Ban S.A.

386,192.00

88,557.00

128,782.00

168,852.00

12.514.861%

688.,317.00

Litoral Gas S.A.

169,017.00

43,522.00

63,897.00

61,598.00

4..565.480%

251.,101.00

Gasnor S.A.

85,708.00

12,658.00

33,353.00

39,697.00

2..942.236%

161,823.00

Distribuidora de Gas del Centro S.A.

137,698.00

27,784,00

51,449.00

58,465.00

4.333.270.00%

238,.330.00

Disiribuidora de Gas Cuyana S.A.

129,543.00

18,182.00

50,111.00

61,250.00

4.539.687.00%

249,683.00

Camuzzi Gas Pampeana S.A

358,729.00

84,739.00

152,084.00

121,.906.00

9.035.348.00%

496.,944.00

Camuzzi Gas del Sur S.A.

206,015.00

100,467.00

22,358.00

83,190.00

6.165.821.00%

339,120.00

Dist. de Gas Mesopotámica S.A.

2,160.00

1,211.00

918.00

31.00

0.002298%

126.00

Gas Andes S.A.

3,951.00

0.00

0.00

3,951.00

0.292838

16,106.00

TOTAL TRNASP Y DISTRIB.

2.622.,655.00

584,349.00

689,094.00

1,.349,12.00

100.00%

5.000.000.00

Servicio de Gas Jun'n S.A

       

0.000000%

0.00

Emgasud S.A.

       

0.000000%

0.00

Cooperativa O y SP Batan

       

0.000000%

0.00

Coop. Senvicios Públicos Henderson

       

0.000000%

0.00

Coop. Mariano Moreno Ltda.

       

0.000000%

0.00

Cia. de Gas de la Costa S.A.

       

0.000000%

0.00

Coop. Senv. Públicos de Suipacha

       

0.000000%

0.00

Coop. Senvicios Públicos Los Cardales

       

0.000000%

0.00

Gas del Sur S.A.

       

0.000000%

0.00

Coop. de Ser Públicos de Fatima Ltda. (COSEFA)

       

0.000000%

0.00

Emprendimientos 2001 S.R.L. Corral de Bustos

       

0.000000%

0.00

Dirgas S.A. (Monte Buey)

       

0.000000%

0.00

Emprigas S.A. (Villa Carlos Paz San Francisco)

       

0.000000%

0.00

Coop. Elec. o/y S. Públicos y Vivienda

(Camerillo)

       

0.000000%

0.00

Coop. Servicios Públicos de

Camilo Aldao

       

0.000000%

0.00

Coop. de Ser POblicos ArroyIto

       

0.000000%

0.00

Isla Verde Gas S.A

       

0.000000%

0.00

Coop. de Senv. Públicos Cruz Alta

       

0.000000%

0.00

Coop. de Prov. de Obras y SP de Gral. Baldissera Ltda. Redengas S.A. (Parara)

       

0.000000%

0.00

Coop. Tabacaleros Juiuy

       

0.000000%

0.00

Coop. O. y Senv. Pub. de Tostado

       

0.000000%

0.00

Coop. Serv. Franck

       

0.000000%

0.00

Coop. Serv. Públicos Murphy.

       

0.000000%

0.00

Fimmat Gas S.A.

       

0.000000%

0.00

Coop. de O. y Serv. Pub. San Jerónimo Sud Ltda.

       

0.000000%

0.00

Distngas S.A. (Todos los Emprendimientos)

       

0.000000%

0.00

Mulel Construcciones S.R.L /Todos los emp.)

       

0.000000%

0.00

Coop. Tres Límites (Centro Agrícola El Palo)

       

0.000000%

0.00

Coop. Ltda. de Electricidad y Ser.

Anexos de Jeppener

       

0.000000%

0.00

Coop. de Prov. de S. Tel. Otros SP

y Cons. M. Acosta Ltd.

       

0.000000%

0.00

Coop. de O S. Pub. Asit. y Viv. Carcarana Ltda.

       

0.000000%

0.00

Coop. de O. Serv. Públicos San Basilio Ltda.

       

0.000000%

0.00

Tecnogas Patagónica S.A.

       

0.000000%

0.00

Gas de Monte Maíz S.A.

       

0.000000%

0.00

Coop. F. E. L. Limitada

       

0.000000%

0.00

Hidrocarburos del Neuquén S.A.

       

0.000000%

0.00

Coop. Electnca de Laguna Larga Ltda.

       

0.000000%

0.00

TOTAL SUBDISTRIBUIDORES

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

TOTAL GENERAL

2, 622,65 5.00

584,349.00

689,094.00

1,349,212.00

100.000000

5,500,000.00

 

# La participación de cada EMPRESA LICENCIATARIA en la determinación del 1° anticipo de la TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 1999, ha sido calculada en función de los ingresos brutos por la actividad regulada de acuerdo a los Estados Contables al 31/12/97, informados al Ente, siendo este cálculo provisorio. (a).

## Las EMPRESAS SUBDISTRIBUIDORAS autorizadas por el Ente, pagan la Tasa anual en dos cuotas(a)

(a) Con el pago de la última cuota de la Tasa de Fiscalización y Control, se ajustarán las participaciones relativas de todos los sujetos, incluidos los Subdistribuidores autorizados por el Ente en base a los Estados Contables al 31/12/98, que deben presentar ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de normas vigentes. Se tendrá en cuenta, asimismo, la incorporación de nuevos sujetos.

e. 18/1 N° 263.129 v. 18/1/99