Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 16/99

Fíjase un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) para ciertas cintas de poliéster, empleadas en la fabricación de cinturones de seguridad, no producidas en el país.

Bs. As., 20/1/99

B.O.: 21/1/99

VISTO el Expediente N° 061-009608/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1476, de fecha 23 de diciembre de 1997, prorrogó hasta el 31 de diciembre del presente año el tratamiento arancelario aplicable a la importación de extrazona de ciertas cintas de poliéster, empleadas en la fabricación de cinturones de seguridad, no producidas en el país.

Que ante la subsistencia de las circunstancias que motivaron la adopción del tratamiento transitorio apuntado, corresponde su mantenimiento por otro período anual.

Que como resultado de lo dispuesto por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 12, de fecha 6 de enero de 1998, corresponde que las mercaderías en cuestión tributen adicionalmente la alícuota transitoria del TRES POR CIENTO (3%).

Que en la confección de la medida ha tomado intervención la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley 22.415, en la Ley de Ministerio -t.o.1992- y en la Ley N° 22.792 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase, hasta el 31 diciembre de 1999, el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) que incluye lo dispuesto por el Artículo 1° de la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 12/98, para la mercadería que se indica a continuación:

N.C.M.

MERCADERIA

D.I.E. %

5806.32.00

Cintas de poliéster, con una resistencia mínima a la abrasión de 15 KN y con un 26 % de elongación máxima, determinada según norma IRAM 3641.

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Art. 2°-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Roque B. Fernández.