Secretaría de Transporte

TRANSPORTE AUTOMOTOR

Resolución 466/98

Prorrógase la emisión de la Licencia Nacional Habilitante a los solicitantes comprendidos en el Artículo 1° de la Resolución N° 186/ 97.

Bs. As., 30/12/98

B.O.: 26/1/99

VISTO el Expediente N° 178-001559/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 122 del 9 mayo de 1997 de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE se aprobó el Reglamento para el otorgamiento y uso de la Licencia Nacional Habilitante.

Que mediante Resolución N° 186 del 20 de junio de 1997 de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, se dispuso que la emisión de la Licencia Nacional Habilitante para los operadores y conductores que realicen o presten servicios en transporte automotor de cargas de jurisdicción nacional, excluidos los de mercancías peligrosas tendrá vigencia a partir del 1 e de enero de 1998.

Que la Resolución N° 211 del 1° de julio de 1998 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE establece la suspensión en la aplicación de la Resolución S.O.P. y T. N° 122/97, con respecto a los conductores de transporte de cargas generales hasta el 1° de noviembre de 1998.

Que a su vez por Resolución N° 316 del 15 de septiembre de 1998 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se autorizó a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE a proceder al llamado a licitación para la contratación de los prestadores médicos para la evaluación psicofísica de los conductores profesionales de vehículos de transporte terrestre de cargas generales y mercancías peligrosas.

Que por Resolución N° 2209 del 30 de septiembre de 1998 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, se aprobó el pliego básico de condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional para la contratación de prestadores médicos para la evaluación psicofísica de los conductores profesionales de vehículos de transporte terrestre de pasajeros, cargas generales y mercancías peligrosas de jurisdicción nacional como uno de los requisitos para el otorgamiento y uso de la Licencia Nacional Habilitante de los mismos.

Que mediante Resolución N° 2951 del 21 de octubre de 1998 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, se procedió al llamado a Concurso Público Nacional para la adjudicación de los exámenes relativos a la evaluación psicofísica de los conductores de vehículos del transporte terrestre de pasajeros, cargas generales y mercancías peligrosas de jurisdicción nacional, en los términos del pliego de bases y condiciones aprobado mediante Resolución C.N.R.T. N° 2209/98 fijando las respectivas sedes.

Que la Resolución N° 4486 del 18 de noviembre de 1998 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE sustituye el Artículo N° 22, inciso 22.1) del Anexo I de la Resolución C.N.R.T. N° 2209/98 estableciendo la metodología de evaluación.

Que por Resolución N° 4898 del 2 de diciembre de 1998 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se dispone que la venta de pliegos se realizará hasta el día 8 de enero de 1999 y el acto de apertura se llevará a cabo los días 8 y 10 de marzo de 1999 para las sedes de Capital Federal, Area Metropolitana e interior del país respectivamente.

Que según surge de los antecedentes precitados, aún no se halla concluido el procedimiento de licitación pública instrumentado mediante Resolución S.T. N° 316/98.

Que en tal sentido y en virtud, de que subsisten aún las circunstancias que imposibilitan el cumplimiento de lo establecido por el Artículo 2° de la Resolución S.O.P. y T. N° 122/97 respecto a los conductores que realicen o presten servicios de transporte automotor de cargas generales de jurisdicción nacional, se justifica la necesidad de postergar la obligación del requisito de evaluación psicofísica hasta tanto se implementen las medidas que aseguren un correcto funcionamiento del sistema.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Tránsito N° 24.449, Artículo 13, inciso f) y de acuerdo a las funciones atribuidas por el Decreto N° 756 de fecha 11 de agosto de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°-A efectos de posibilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la Resolución S.T. N° 316/98, prorrógase por el plazo de NOVENTA (90) días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial, la emisión de la Licencia Nacional Habilitante a los solicitantes comprendidos en el Artículo 1° de la Resolución S.T. N° 186/97.

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese-Armando N. Canosa.