INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Decreto 55/99

Intervención. Remuévense de sus funciones a los actuales integrantes del directorio. Desígnase Interventor. Créase un Consejo de Asesores. Integración.

Bs. As., 27/1/99

B.O.: 1/2/99

VISTO el expediente N° 060-000326/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.481 y su modificadora, la Ley N° 24.572, se dispuso la creación del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL como organismo autárquico, con personería jurídica y patrimonio propio, que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, para actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.481 de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, la Ley N° 22.362 de Marcas, la Ley N° 22.426 de Transferencia de Tecnología, y del Decreto Ley N° 6673 del 9 de agosto de 1963, de Modelos y Diseños Industriales.

Que por el Decreto N° 1586 del 19 de diciembre de 1996 se establece la estructura del organismo.

Que mediante los Decretos N° 816 de fecha 24 de noviembre de 1995 y N° 1077 del 13 de octubre de 1997 se designó a los actuales integrantes del Directorio del Instituto.

Que resulta necesario proceder a reestructurar la organización y las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, procurando una mayor coordinación y un eficaz contralor de su funcionamiento.

Que en tal sentido es procedente disponer la intervención del INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, otorgando en plenitud a su Interventor las facultades y atribuciones conferidas al actual directorio, removiendo a sus integrantes en el ejercicio de sus funciones.

Que durante el plazo de la intervención resulta necesario la creación de un Consejo de Asesores y la designación de sus miembros a efectos de facilitar la tarea de reestructuración encomendada.

Que la facultad de intervenir entes autárquicos le corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL pudiendo ejercerla de oficio por ser el señor Presidente de la Nación el responsable político de la administración general del país.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el ámbito de la competencia prevista en el Decreto N° 1183 de fecha 12 de noviembre de 1997 ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención.

Que el dictado del presente Decreto se realiza en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Interviénese el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL que, como organismo autárquico, funciona en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por un plazo de CIENTO VEINTE (120) días, contados a partir de la publicación del presente, para proceder a reestructurar su organización y funciones. El plazo de la intervención será prorrogable por resolución del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Art. 2° - Remuévanse de sus funciones a los actuales integrantes del directorio del Instituto, doctora Norma Susana FELIX (D.N.I. N° 6.053.806), doctor Diego MARTINEZ ESTRADA (D.N.I. 4.412.321) y doctor Alfredo José Luis CARELLA (L.E. N° 4.295.008) designados por los Decretos N° 816 de fecha 24 de noviembre de 1995 y N° 1077 del 13 de octubre de 1997.

Art. 3° - Desígnase Interventor del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL al licenciado Horacio Alberto JAQUENOD (D.N.I. N° 10.056.133), quien ejercerá las funciones propias del directorio del organismo intervenido, por el plazo previsto en el artículo 1° del presente.

Art. 4° - Créase un Consejo de Asesores, integrado por TRES (3) miembros, con el objeto de colaborar y asesorar al Interventor en todo lo atinente a su competencia.

Art. 5° - A efectos de integrar el Consejo de Asesores desígnase al doctor Alfredo José Luis CARELLA (L.E. N° 4.295.008), al ingeniero Alberto Oscar JOAQUIN (L.E. N° 6.048.787) y a la ingeniera Susana MERLO (D.N.I. N° 6.548.158).

Art. 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández. - Alberto J. Mazza.