Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable

CONSERVACION DE LA FAUNA

Resolución 66/99

Distribución del cupo de exportación, para el período 1998-1999, de cueros de Tupinambis spp., establecido por la Resolución N° 1090/98.

Bs. As., 1/2/99

B.O.: 9/2/99

VISTO los expedientes N° 2966/98, 3248/98, 98/99,107/99,112/99,109/99,110/99,111/99, 96/99, 97/99, 99/99, 106/99, 101/99, 108/99, 127/99, 128/99, 129/99, 130/99 y 100/99 del registro de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, la Ley N° 22.421 su Decreto Reglamentario N° 666/97, y la Resolución N° 216/96 de la entonces Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1090 del 21 de diciembre de 1998 de esta Secretaría se estableció para el período 1998-1999 (del 1 de diciembre de 1998 al 31 de noviembre de 1999) un cupo de exportación de hasta UN MILLON (1.000.000) de cueros de Tupinambis spp.

Que habiéndose presentado solicitudes de cupo de exportación, corresponde en consecuencia proceder a su distribución entre los interesados incluidos en las previsiones del artículo 3° de la Resolución N° 216/96 SRNyAH, de conformidad con los criterios plasmados en la misma.

Que algunas solicitudes no acreditan el cumplimiento de todos los recaudos formales previstos en la normativa vigente.

Que no obstante ello y a fin de no causar perjuicios ni demoras innecesarias a quienes han dado debido cumplimiento a todos los requerimientos, resulta conveniente practicar la distribución del cupo, sujetando la vigencia del cupo correspondiente a aquellos interesados que han incurrido en defectos formales, a la condición suspensiva de su saneamiento.

Que el cupo remanente que prevé el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N° 216/96 SRNyAH, calculado como la diferencia entre el cupo anual establecido y el efectivamente distribuido, arroja una cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTINUEVE (343.129) cueros, por lo que se propicia su distribución en el mismo acto.

Que la ejecución de dicho plan requiere del aporte económico de los sectores privados interesados.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS.

Que la suscripta está facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 22.421, su Decreto Reglamentario N° 666/97, los Decretos N° 1381/96, 1412/96 y 146/98.

Por ello,

LA SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el ANEXO I de la presente Resolución, por el cual se distribuye el CINCUENTAY SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTESIMOS POR CIENTO (56,68%) del cupo fijado en el artículo 1° de la Resolución N° 1090/98 de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, entre aquellas personas físicas o jurídicas que se detallan en el mencionado Anexo, cuyas solicitudes han cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 1° y 2° del Anexo I de la Resolución N° 216/96 de la entonces Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, con la salvedad de lo resuelto en el artículo 4° de la presente Resolución.

Art. 2º - Apruébase el Anexo II del presente acto resolutivo, por el cual se distribuye el DIEZ POR CIENTO (10%) del cupo fijado en la Resolución N° 1090/98 de esta Secretaría, entre aquellos solicitantes que se detallan en el mencionado Anexo y que se encuentran en las previsiones del artículo 3° del Anexo I de la citada Resolución N° 216/96 SRNyAH, con la salvedad de lo resuelto en el artículo 4° de la presente Resolución.

Art. 3° - Distribúyese entre las empresas enumeradas en los Anexos I y II de la presente Resolución, con la salvedad de lo resuelto en el artículo 4° de la presente Resolución, la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTINUEVE (343.129) cueros de Tupinambis spp., en carácter de cupo remanente, correspondiéndole a cada una de ellas la cantidad de DIECINUEVE MIL SESENTA Y DOS (19.062) cueros. La adaptación o rechazo de dicho cupo se regirá de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N° 216/96 SRNyAH.

Art. 4° - Aclárase que la vigencia de los cupos distribuidos por los artículos 1°, 2° y 3°, respecto de los interesados citados en el anexo III de la presente Resolución, queda sujeta a la condición suspensiva del saneamiento de los defectos formales detallados en el mismo anexo, dentro del plazo de 15 días corridos, a contar a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente Resolución. Vencido el plazo otorgado sin que se subsanen los defectos mencionados, se entenderá como rechazada la solicitud y el cupo otorgado en forma condicional, pasará a integrar la categoría de remanente.

Art. 5° - La Dirección de Fauna y Flora Silvestres no emitirá certificados de exportación a aquellas firmas que habiendo accedido a cupos de exportación no hubiesen formalizado el depósito de los fondos correspondientes a temporadas anteriores para llevar a cabo el monitoreo de las poblaciones de Tupinambis spp.

Art. 6° - La Presente resolución entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. María J. Alsogaray.

ANEXO I

LAGARTO MANTA S.R.L.

251.513 CUEROS

ARGENCUER S.H.

88.273 CUEROS

SILBERFURS S.A.

217.095 CUEROS

ANEXO II

FARIAS BERTA NOEMI

6.666 CUEROS

OSTROVICH Y CIA S.R.L.

6.666 CUEROS

CURTIFE S.A.

6.666 CUEROS

OLEFA S.R.L.

6.666 CUEROS

INDUSTRIAS MAGROMER CUEROS Y PIELES S.A.

6.666 CUEROS

PELSUD S.A.C.I.

6.666 CUEROS

EMPRENDIMIENTOS DR S.A.

6.666 CUEROS

SAGASTUME S.A.

6.666 CUEROS

MAF S.R.L.

6.666 CUEROS

MILKIS DE TRACHTER ALICIA JOSEFA

6.666 CUEROS

JORGE R. CAMMILLI S.R.L.

6.666 CUEROS

CURTIEMBRE CAIMAN S.A.

6.666 CUEROS

MOLINA PALAZZO PEDRO FACUNDO

6.666 CUEROS

TRADEWAY S.A.

6.666 CUEROS

ALBERTO LEONARDO PERALTA

6.666 CUEROS

ANEXO III

FARIAS BERTA NOEMI: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite.

OSTROVICH & CIA S.R.L.: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite, adeuda el certificado de buena conducta de uno de los integrantes del Directorio.

CURTIFE S. A.: no acreditó la constitución regular de la sociedad, la designación de autoridades vigentes y representación legal, el certificado de buena conducta se encuentra en trámite, deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del directorio.

OLEFA S,R.L! no acreditó la inscripción y habilitación de la Dirección de Fauna y Flora Silvestres; falta la documentación que acredite la designación de autoridades vigentes y representación legal, el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del directorio.

INDUSTRIAS MAGROMER CUEROS Y PIELES S.A.: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite, adeuda el de cuatro integrantes del Directorio.

PELSUD S.A.C.I.: falta documentación que acredite designación de autoridades vigentes y representación legal, el certificado de buena conducta se encuentra en trámite, faltando además el de cuatro integrantes del Directorio.

SILBERFURS S.A.: no acreditó la inscripción y habilitación de la Dirección de Fauna y Flora Silvestres; el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y debe agregar el correspondiente a todos los miembros del directorio.

EMPRENDIMIENTOS DR. S.A.: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del Directorio.

SAGASTUME S.A.: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del Directorio.

MAF SRL.: falta documentación que acredite designación de autoridades vigentes y representación legal, el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del Directorio.

MILKIS DE TRACHTER ALICIA JOSEFA: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite.

JORGE R. CAMMILLI S.R.L.: no acreditó la inscripción y habilitación de la Dirección de Fauna y Flora Silvestres; el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del Directorio.

CURTIEMBRE CAIMAN S.A.: el certificado de buena conducta se encuentra en trámite y deberá agregar el correspondiente a todos los miembros del Directorio.

MOLINA PALAZZO PEDRO FACUNDO: falta acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarlas, el certificado de buena conducta se encuentra en trámite.

TRADEWAY S.A.: falta documentación que acredite designación de autoridades vigentes y representación legal, falta certificado de buena conducta del Directorio.