Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 257/98
Dar de baja a la Obra Social del Personal de Artes Gráficas del Chaco.
Bs. As., 30/12/98
B.O.: 16/02/99
VISTO la Actuación N° 38.371/97 ANSSAL; y
CONSIDERANDO:
Que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO (RNOS 1-0130) padece serias deficiencias de financiamiento, reflejadas fundamentalmente en una recaudación inadecuada al cumplimiento de la prestación médico asistencial obligatoria a sus beneficiarios.
Que mediante Acta N° 21 (fs. 4), las autoridades del mencionado agente de salud manifiestan la unánime intención de transferir los afiliados y sus correspondientes aportes y contribuciones a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE IMPRENTA (RNOS 1-0970) a fin de garantizar una solución a la situación planteada.
Que en mérito a ello la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO ha firmado un convenio (fs. 37), mediante el cual se transfiere la totalidad de los beneficiarios y sus correspondientes aportes y contribuciones, a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE IMPRENTA (RNOS 1-0970) y esta última entidad tendrá a su cargo la obligación de brindarles las prestaciones médico asistenciales.
Que en razón de la situación descripta, corresponde disponer la baja del Registro Nacional de Obras Sociales a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO (RNOS 1-0130).
Que la entidad propone nombrar Liquidador al Sr. ROLANDO RENE RABEZ, L. E. 8.491.960 en el marco de lo establecido por su estatuto, quien deberá ajustar su actuación a la normativa estatutaria y a la Resolución N° 172/98 Superintendencia de Servicios de Salud.
Por ello, en uso de las facultades y atribuciones otorgadas por los Decretos Nº 1615/96 y 117/97 PEN,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1°- Dar de baja del Registro Nacional de Obras Sociales como agente del Seguro de Salud a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO (RNOS 1-0130).
Art. 2°- Transferir los beneficiarios de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO (RNOS 1-0130) a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE IMPRENTA (RNOS 1-0970) quien tendrá a su cargo la obligación de brindar las prestaciones médico asistenciales y será la legítima recipiendaria de los aportes y contribuciones de Ley de ese universo de beneficiarios que se trasladan.
Art. 3º- Implementar el procedimiento de liquidación de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO de acuerdo a lo establecido al respecto en su Estatuto.
Art. 4°- Designar Delegado Liquidador de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ARTES GRAFICAS DEL CHACO (RNOS 1-0130) al Señor ROLANDO RENE RABEZ L.E. 8.491.960, quien deberá adecuar su actuación a la Resolución N° 172/98 Superintendencia de Servicios de Salud.
Art. 5°- Encomendar a la UNIDAD DE CONTROL Y COORDINACION el seguimiento del proceso de liquidación de la entidad mencionada, hasta su agotamiento.
Art. 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése conocimiento a la Dirección Nacional del Registro Nacional, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, al ANSSeS, a la entidad recipiendaria y oportunamente archívese.- José L. Lingeri.