DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Disposición 24/99

Aclaración de la Disposición N° 91/97, referida a la delegación de facultades del mencionado organismo en las Subdirecciones Generales y otras autoridades del mismo.

Bs. As., 3/2/99

B.O.: 17/2/99

VISTO la Disposición (DGA) N° 0091 del 23 de diciembre de 1997 y el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente aclarar los términos del artículo 1° de la Disposición (DGA) N° 0091/97, a los fines de evitar interpretaciones contrarias al espíritu de dicha norma para la delegación allí efectuada.

Que en tal sentido debe entenderse que el artículo 1 ° de la Disposición en cuestión abarca todas las facultades que al momento de la delegación serán ejercidas por esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS con relación a las suspensiones o eliminaciones de carácter automático, levantamientos y rehabilitaciones, de los sujetos inscriptos en todos los registros a cargo de esta Dirección General.

Que en consecuencia la enunciación de las normas del referido artículo 12 de la Disposición (DGA) N° 0091/97 no es taxativa.

Que el Servicio Jurídico ha tomado la pertinente intervención, expidiéndose favorablemente para esta aclaratoria.

Que el presente acto administrativo se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6°, Punto 2, del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DISPONE:

Artículo 1° - ACLARAR el artículo 1 ° de la Disposición (DGA) N° 0091 del 23 de diciembre de 1997, en el sentido que la delegación allí efectuada abarca todas las facultades que al momento de la delegación ejercía esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS en materia de suspensiones o eliminaciones de carácter automático, levantamientos y rehabilitaciones, para los sujetos inscriptos en todos los registros a su cargo.

Art. 2° - REGISTRESE. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Comuníquese a las Subdirecciones de esta Dirección General para su inmediata difusión a todas las áreas que les dependen. Hecho, archívese. - Osmar L. De Virgilio.