HUESPEDES OFICIALES

Decreto 248/99

Convalídase el tratamiento acordado al Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, señora y comitiva.

Bs. As., 17/3/99

B.O.: 24/03/99

VISTO la visita efectuada al país por el señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, D. Dido FLORENTIN BOGADO y señora y comitiva, entre los días 18 y 20 de noviembre de 1998, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huésped Oficial encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° -Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, D. Dido FLORENTIN BOGADO y señora y comitiva, durante su permanencia en la República, entre los días 18 y 20 de noviembre de 1998.

Art. 2º -Atiéndanse con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 -MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO- para el ejercicio de 1999, los gastos derivados del presente Decreto.

Art. 3° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM. -Guido Di Tella.