Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 364/99

Mantiénese la inscripción de la empresa Missus S.C., sucesora por transformación de Missus S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 18/3/99

B:O: 24/03/99

VISTO el expediente N° 184 del Registro de la ex - COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma denominada MISSUS S.R.L. solicitó oportunamente que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 13 de mayo de 1996, con el número CUATROCIENTOS CINCO (405).

Que en presentación del 18 de diciembre de 1998 la empresa notificó haber producido su transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada en Sociedad Colectiva.

Que, asimismo, en nueva presentación del 26 de enero del corriente, la interesada acompañó una copia autenticada de la escritura correspondiente a la transformación societaria operada, debidamente inscripta por ante el Registro Público de Comercio de su jurisdicción.

Que en dicha escritura consta que MISSUS S.C. es sucesora por transformación de MISSUS S.R.L.

Que en relación a lo peticionado, se ha verificado que la empresa ha dado cumplimiento a las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto N° 1187/93, modificado por Decreto N° 115/97, para el mantenimiento de su inscripción.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 225/226 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada MISSUS S.C. como sucesora por transformación de MISSUS S.R.L.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6° inciso d) del Decreto N° 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC N° 31/98.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase que la firma denominada MISSUS S.C., sucesora por transformación de MISSUS S.R.L., ha acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto N° 1187/93 y sus modificatorios, para el mantenimiento de su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Art. 2° - Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número CUATROCIENTOS CINCO (405).

Art. 3° - Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Federico N. A. Luján de la Fuente.