Ministerio de Cultura y Educación

EDUCACION

Resolución 431/99

Créase el Programa de Validación Nacional de Estudios, Certificados y Títulos. Apruébanse las misiones, responsabilidad primaria y acciones de las unidades del citado Programa.

Bs. As., 24/3/99

VISTO la Ley N° 24.195, el Decreto N° 1276/96, las Resoluciones Ministeriales Nros. 2535/98, 2536/98, 2537/98, 2539/98, 2540/98 y 333/99 y las Resoluciones del Consejo Federal de Cultura y Educación Nros. 89/98 y 90/98, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Ley Federal de Educación N° 24.195 otorga al Estado Nacional la responsabilidad principal e indelegable de fijar y controlar el cumplimiento de la política educativa.

Que el mismo cuerpo legal establece en su artículo 53, inciso "c", que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION tiene competencia para "dictar normas generales sobre equivalencia de títulos y estudios, estableciendo la validez automática de los planes concertados en el Consejo Federal de Cultura y Educación".

Que el artículo 7° del Decreto N° 1276/96 establece que a partir del 1° de enero de 1997 los establecimientos escolares y las instituciones no universitarias de formación docente de carácter estatal que se creen, y los de carácter privado que reconozcan las distintas jurisdicciones locales, deberán ajustar su organización a la estructura aprobada por la Ley N° 24.195, y sus normas derivadas. En consecuencia, a partir de esa fecha, sólo las unidades educativas creadas o recreadas como de Nivel Inicial, de Educación General Básica, de Educación Polimodal y de las modalidades y regímenes previstos por la misma ley forman parte del Sistema Educativo Nacional.

Que el artículo 10° del Decreto N° 1276/96 establece que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION será autoridad de aplicación del citado decreto, quedando facultado para dictar las normas interpretativas y complementarias necesarias para su cumplimiento.

Que las Resoluciones Ministeriales Nros. 2535/98, 2536/98 y 2537/98 establecen los Contenidos Básicos Comunes para la Educación Inicial, la Educación General Básica, la Educación Polimodal y la Formación Docente, respectivamente.

Que en las Resoluciones Ministeriales Nros. 2538/98 y 2539/98 se han establecido los criterios y requisitos que deben respetar las estructuras curriculares específicas de las Provincias y de la Ciudad de Buenos Aires para la Educación Inicial, la Educación General Básica y la Educación Polimodal.

Que la Resolución Ministerial N° 2540/98 establece los requisitos que deberán cumplir los Institutos de Formación Docente y los planes de estudios de las carreras que dicten, para que los títulos y certificados que emitan tengan validez nacional.

Que el Consejo Federal de Cultura y Educación ha aprobado por Resolución N° 90/98 el Doc. Serie E N° 6 "Mecanismo para la viabilización del reconocimiento y equivalencia de estudios, certificados y títulos" y ha reconocido por Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación N° 84/98 los aspectos a tener en cuenta en relación con la validez nacional de estudios, certificados y títulos.

Que a fin de instrumentar un procedimiento administrativo acorde con la normativa vigente, que permita reconocer la validez nacional de estudios, títulos y certificados, se hace necesario crear en el ámbito del Ministerio un Programa especial conformado por un equipo de profesionales y asistentes especializados.

Que a efectos de la consecución de los objetivos del Programa es necesario autorizar a las autoridades competentes a establecer el procedimiento administrativo y a dictar las normas procedimentales respectivas.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y el Decreto N° 101/85.

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA Y EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1° — Crear el PROGRAMA DE VALIDACION NACIONAL DE ESTUDIOS, CERTIFICADOS Y TITULOS en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION, el que estará constituido por TRES (3) unidades denominadas:

a) Registro de Establecimientos Educativos

b) Registro de Estructuras Curriculares

c) Seguridad Documental

Quedan excluidos del Programa que se crea por la presente, los certificados y títulos correspondientes a los niveles de grado y postgrado universitario.

Art. 2º — Aprobar las misiones, responsabilidad primaria y acciones de las unidades del citado Programa que como ANEXO I, forman parte de la presente resolución.

Art. 3° — Facultar a la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION a reubicar el personal administrativo, de asistencia técnica y profesional de este Ministerio necesario para organizar la estructura administrativa y cumplir eficazmente con los objetivos del Programa, incluido el personal del Programa de Equivalencias y Convalidación de Estudios y el personal comprendido en las Resoluciones Nros. 427/96, 336/98 y 470/98 todas de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION, cuya nómina obra en el ANEXO II, y a dictar las resoluciones pertinentes que aseguren el traspaso de los registros de firmas, custodia de sellos y toda otra documentación surgida como consecuencia de lo actuado según lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 1669/96.

Art. 4° — La ejecución del PROGRAMA DE VALIDACION NACIONAL DE ESTUDIOS, CERTIFICADOS Y TITULOS estará a cargo de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION.

Art. 5° — Facultar a la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION a establecer la instrumentación y a dictar las normas reglamentarias de aplicación para la correcta operatividad del Programa.

Art. 6° — Dejar sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 1669 del 17 de diciembre de 1996, la asignación de tareas dispuesta por Resolución N° 68/97 de la SECRETARIA DE PROGRAMACION Y EVALUACION EDUCATIVA y derogar todas las Resoluciones y/o disposiciones que se opongan a la presente.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Susana B. Decibe.

ANEXO I

Misión del Programa

*Tramitar el otorgamiento de la validez nacional a los estudios, los títulos y certificados emitidos por la totalidad de los servicios educativos con competencia para ello, presenciales y a distancia que se prestan en el territorio Nacional y en las escuelas argentinas en el exterior, cualquiera sea su dependencia.

* Legalizar los estudios, certificados y títulos emitidos por organismos e instituciones nacionales.

* Convalidar títulos obtenidos en el extranjero.

Unidades del Programa

1. — Registro de Establecimientos Educativos

Responsabilidad primaria

Organizar y administrar el Registro Nacional de Establecimientos Educativos integrantes del Sistema Educativo Nacional, con competencia para acreditar estudios y emitir certificados y títulos.

Acciones

1.1. — Conformar una base de datos que contenga la nómina de todas las instituciones autorizadas para emitir certificados y títulos, con la información necesaria para su incorporación.

1.2. — Verificar, a partir de la norma nacional, provincial o de la Ciudad de Buenos Aires que la crea, reconoce o acredita, que la unidad educativa cumpla con todos los requisitos que le permitan emitir certificaciones con validez nacional:

¨ Tener el Código Unico de Establecimiento (CUE) otorgado por la Red Federal de Información Educativa.

¨ Utilizar la denominación acordada en el Consejo Federal de Cultura y Educación, de acuerdo con su nivel educativo.

¨ Prestar el servicio educativo con una estructura acorde con lo establecido por la Ley Federal de Educación.

¨ Haber iniciado el proceso de acreditación, en el caso de los Institutos de Formación Docente.

1.3. — Otorgar el código con que se identificará el establecimiento educativo en el Registro Nacional de Establecimientos Educativos.

1.4. — Mantener permanentemente actualizada la información.

2. — Registro de Estructuras Curriculares

Responsabilidad primaria

* Organizar y administrar el Registro de Estructuras Curriculares Específicas aprobadas por la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

* Tramitar la equivalencia de estudios realizados en el extranjero.

Acciones.

2.1. — Organizar y administrar el Registro de las Estructuras Curriculares Específicas aprobadas por la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires correspondientes al Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal y Trayectos Técnicos Profesionales, verificando previamente sobre la norma respectiva que se cumplen los requisitos establecidos en el art. 2° de la Resolución Ministerial N° 333/99.

2.2. — Organizar y administrar el Registro de Diseños Curriculares Institucionales correspondientes a las carreras dictadas por los Institutos de Formación Docente Continua.

Registrar con un código las carreras que dictan los Institutos de Formación Docente Continua, previa constatación de los requisitos establecidos por el art. 3° de la Resolución Ministerial N° 2540 en los diseños curriculares elaborados por las instituciones y aprobados por la Nación, por las provincias y por la Ciudad de Buenos Aires.

2.3. — Organizar y administrar el Registro de Diseños Curriculares de los restantes Institutos Superiores no universitarios.

2.4. — Tramitar la equivalencia de estudios extranjeros completos de educación general, de nivel polimodal, técnico o equivalente.

3. — Seguridad Documental

Responsabilidad primaria

* Organizar el procedimiento y administrar los procesos para garantizar la seguridad documental de certificados y títulos.

* Controlar certificaciones específicas cuando se le requiera.

* Legalizar los certificados y títulos emitidos por organismos e instituciones nacionales.

Acciones

3.1. — Legalizar los certificados y títulos emitidos por instituciones educativas nacionales.

3.2. — Desarrollar y actualizar una base de datos de los certificados y títulos emitidos en el territorio nacional.

3.3. — Controlar la aplicación de las disposiciones referidas a seguridad documental respecto de:

— Formato de certificados y títulos

— Tipo de papel

— Tecnologías de seguridad gráfica

3.4. — Desarrollar modalidades de información pública

ANEXO II

Titulares de Planta:

BARBOZA, Beatriz Eugenia

 

Nivel E, Grado 0

BELBER, Carmen

 

Nivel B, Grado 1

CALVI, Héctor Jorge

DNI N° 4.893.793

Nivel B, Grado 2

DE VITO, Silvina

 

 

LACO, Liliana Angélica

LC N° 4.987.431

Nivel B, Grado 2

MARTINEZ FELEZ, María Fernanda

 

Nivel D, Grado 0

MON LESCANO, Graciela

 

Nivel D, Grado 0

RODRIGUEZ, Marta Jacinta

 

Nivel F, Grado 0

Personal Contratado

RAZZOTTI, María Nélida

GONZALEZ, Libia

FIERRO, Graciela

GONZALEZ, Julio

D'AGOSTINO, Mariana