Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 119/99

Instrúyese a los Agentes Generadores, Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios Mayores del Mercado Eléctrico Mayorista, a desarrollar las actividades y cumplir con las instrucciones que para la implementación del denominado Proyecto del Año 2000, defina la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA). Establécense etapas y fechas límite de cumplimiento.

Bs. As., 25/3/99

B.O: 30/03/99

VISTO el Expediente N° 750-000174/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la problemática, conocida como del año 2000, afecta principalmente al funcionamiento de sistemas, equipos y dispositivos de protección, control y comunicaciones analógicas y digitales.

Que muchos de los Sistemas Informáticos tradicionales almacenan solamente los últimos DOS (1) dígitos de cada año habiendo sido programados para asumir que los DOS (2) primeros dígitos son el UNO (1) y el NUEVE (9), por lo que dichos sistemas interpretarían el doble CERO (00) correspondiente al inicio del año 2000 como si se tratara del inicio del año 1900.

Que en términos generales, como consecuencia de lo descripto, el comportamiento de cualquier sistema que contenga un dispositivo inteligente o funciones críticas con decisiones automáticas que dependen de fechas se vería afectado y podría detenerse o, peor aún, funcionar generando graves errores en las operaciones.

Que de no adoptarse medidas oportunas, las fallas que se produzcan afectarían sensiblemente no sólo a los servicios públicos sino la operatoria del Mercado Eléctrico.

Que el Plazo de Finalización de los proyectos y planes relacionados con el tema es inamovible.

Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) está coordinando las Actividades de los Agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) para un adecuado funcionamiento, en relación con el problema del año 2000 de los equipos y sistemas que componen el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI).

Que el plan de coordinación, denominado Proyecto Año 2000, está basado en la constitución de grupos de trabajo de especialistas designados por las Asociaciones con el objeto dé intercambiar información, unificar criterios, identificar los aspectos de la red vulnerables al cambio de fecha y establecer la estrategia de operación (Plan de Contingencia) requerida para transitar el período crítico priorizando el objetivo de continuidad del servicio.

Que por otra parte, la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) deberá coordinar las estrategias operativas del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) para superar contingencias desfavorables.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y por el Artículo 6° del Decreto N° 186 del 27 de julio de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1° - Instrúyese a los Agentes Generadores, Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios Mayores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) a desarrollar actividades y cumplir con las instrucciones que, para la implementación del denominado Proyecto del Año 2000, defina e imparta la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA). El objetivo prioritario de la implementación del aludido Proyecto Año 2000 es preservar la continuidad del servicio en el tránsito del período crítico.

Art. 2° - Defínese para el Proyecto Año 2000 las siguientes etapas y fechas límite de cumplimiento:

a) Realización de un Inventario Tecnológico y elaboración de un Plan de Acción que deberá especificar, sobre cada componente crítico del Inventario Tecnológico, que estrategia de compatibilización se adoptará (actualización, reemplazo, operación manual, etc.) y en qué fecha finalizarán las tareas que aseguren su compatibilidad con el año 2000. Fecha límite de presentación: 5 de abril de 1999.

b) Puesta en marcha de los equipos y sistemas compatibles con el año 2000. Fecha límite para la puesta en servicio: 30 de junio de 1999.

c) Elaboración, discusión y aprobación del Plan de Contingencias. Fecha límite de presentación: 1° de octubre de 1999. Fecha límite para la aprobación de las propuestas por parte de los Agentes: 1° de noviembre de 1999.

Art. 3º - Se considerará falta grave los incumplimientos a las órdenes e indicaciones impartidas por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en relación al Proyecto 2000.

La COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), deberá notificar al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) cuando algún Agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) no cumple o deja de cumplir con lo dispuesto en el presente acto o falsee los datos requeridos. El ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) resolverá, en el plazo de VEINTE (20) días corridos, la sanción correspondiente al Agente del MEM, o en casos extremos, podrá disponer la pérdida de tal condición.

Art. 4° - Aclárase que la responsabilidad de coordinar las actividades del Proyecto Año 2000, otorgada por la presente resolución a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) no exime a los Agentes del cumplimiento de sus obligaciones individuales, ni convierte a la citada Compañía en solidariamente responsable por las tareas que los Agentes realicen o dejen de realizar.

Art. 5° - Establécese que las eventuales fallas que afecten la continuidad del servicio por la transición al año 2000, dado que son previsibles y se pueden tomar a tiempo las medidas correctivas y preventivas necesarias, no podrán ser consideradas en términos legales como situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor.

Art. 6° - Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 7° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- César Mac Karthy.