Secretaría de Transporte

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 137/99

Auspíciase la realización del "Expo Congreso Internacional sobre Vialidad, Tránsito y Transporte - Baires Transvial’99" y a la "Décima Reunión Anual de la Ingeniería del Tránsito", que se llevarán a cabo en el Predio Ferial de Palermo de la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 22/4/99

VISTO el Expediente Nº 555-000252/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO se solicita el auspicio del "EXPO CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE VIALIDAD, TRANSITO Y TRANSPORTE - BAIRES TRANSVIAL’99", que se llevará a cabo entre los días 30 de junio y 4 de julio de 1999 en el Predio Ferial de Palermo de la Ciudad de BUENOS AIRES.

Que dentro del marco del Congreso mencionado precedentemente se realizará la "DECIMA REUNION ANUAL DE LA INGENIERIA DEL TRANSITO" de la ASOCIACION CIVIL SOCIEDAD ARGENTINA DE INGENIERIA DEL TRANSITO (SAIT).

Que los objetivos propuestos para dichos eventos son considerados de importancia para la promoción y desarrollo del transporte automotor.

Que atento al carácter internacional de dichos acontecimientos ha tomado intervención el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO no formulando objeciones a la solicitud presentada.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público, la medida no implicará costo fiscal alguno.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 1º, inciso II) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2202 del 14 de diciembre de 1999.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Préstase el auspicio de esta Secretaría a la realización del "EXPO CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE VIALIDAD, TRANSITO Y TRANSPORTE - BAIRES TRANSVIAL’99" y a la "DECIMA REUNION ANUAL DE LA INGENIERIA DEL TRANSITO" que se llevarán a cabo entre los días 30 de junio y 4 de julio de 1999 en el Predio Ferial de Palermo de la Ciudad de BUENOS AIRES.

Art. 2º — Déjase expresa constancia que la medida dispuesta en el artículo anterior no implicará costo fiscal alguno.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Armando N. Canosa.