Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 365/99

Derógase la Resolución Nº 518/96 del ex Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal, referida a requerimientos mínimos que deben cumplir las cámaras construidas con polietileno para realizar tratamientos cuarentenarios.

Bs. As., 22/4/99

VISTO el expediente Nº 9063/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución Nº 518 del 30 de diciembre de 1996 del registro del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, y

CONSIDERANDO:

Que ha sido solicitada a este Organismo en forma conjunta por autoridades provinciales y entidades del sector productivo integrantes del Programa Nacional de Control y Erradicación de las Moscas de los Frutos (PROCEM), se estudie la posibilidad de derogación de la Resolución mencionada en el Visto.

Que se han instalado cámaras fijas de fumigación con bromuro de metilo en distintos puntos del país, que cumplen con lo dispuesto con la Resolución Nº 23 del 2 de febrero de 1996 del registro del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, en lo que respecta a infraestructura y equipamiento.

Que se han detectado incumplimientos y una aplicación inadecuada del uso de cámaras de fumigación móviles de polietileno, resultando la fumigación producida bajo esas condiciones, fuera de lo normado por la Resolución Nº 23/96, no pudiendo asegurarse la efectividad de los tratamientos de esa forma practicados.

Que habiendo transcurrido DOS (2) campañas de producción de tomate y pimiento en la Región Norte del País, se considera concluida la etapa transitoria de emergencia.

Que para asegurar los logros alcanzados por el Programa Nacional de Control y Erradicación de las Moscas de los Frutos (PROCEM), es imprescindible contar con los componentes del sistema cuarentenario en correctas y estables condiciones de funcionamiento.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución Nº 518 del 30 de diciembre de 1996 del registro del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Luis O. Barcos.