BANDA SINFONICA DE CIEGOS

Decreto 410/99

Establécese el alcance del régimen de reemplazos previsto en el Decreto Nº 701/85, para los profesores músicos del citado organismo.

Bs. As., 27/4/99

VISTO los Decretos Nº 4345 del 10 de julio de 1972, Nº 1415 del 12 de noviembre de 1974 y Nº 701 del 19 de abril de 1985, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 4345/72 estipula el régimen de prestación de servicios de la ORQUESTA SINFONICA NACIONAL y de la ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO".

Que el Decreto Nº 1415/74 incorpora la BANDA SINFONICA DE CIEGOS al régimen estipulado para la ORQUESTA SINFONICA NACIONAL y la ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO", por el Decreto Nº 4345/72.

Que en razón de las características de la actividad de los organismos orquestales, se hizo necesario el dictado del Decreto Nº 701/85, el cual provee las medidas tendientes a la cobertura inmediata y de carácter transitorio de reemplazo de los profesores músicos, ausentes por razones de enfermedad o licencia para la ORQUESTA SINFONICA NACIONAL y la ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO".

Que las mismas razones de servicio son aplicables a la BANDA SINFONICA DE CIEGOS.

Que la medida que se propicia no implica aumento del gasto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inc. 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Incorpórase a la BANDA SINFONICA DE CIEGOS al régimen de reemplazos establecido en el Decreto Nº 701/85 para los profesores músicos de la ORQUESTA SINFONICA NACIONAL y ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO".

Art. 2º — El cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente no implicará, bajo ningún supuesto, aumento de las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MENEM. — Susana B. Decibe.