MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 287/99

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS — Delegación de Facultades. Dirección de Administración.

Bs. As., 26/4/99

VISTO la Disposición Nº 248 del 16 de abril de 1999 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado acto dispositivo se ha considerado pertinente introducir modificaciones en la estructura organizacional de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Que atendiendo a ello, resulta aconsejable la adopción de medidas tendientes a mantener la continuidad de la descentralización de la resolución de temas de naturaleza administrativa, con el propósito de facilitar y optimizar el accionar de este Ente.

Que a tal efecto procede delegar en la Dirección de Administración facultades de decisión en asuntos de orden administrativo que, en principio, resultan de competencia de esta Administración Federal, otorgadas oportunamente por las Disposiciones Nº 107 del 2 de setiembre de 1997 y Nº 199 del 25 de febrero de 1997 a la ex - Dirección de Recursos Económicos Financieros y a la ex-Dirección de Recursos Materiales.

Que la facultad de delegar determinadas funciones y atribuciones, se encuentra contemplada en el artículo 4º del Decreto Nº 618/97, sin perjuicio de conservar esta instancia la máxima autoridad dentro del Organismo y la posibilidad de avocarse al conocimiento y decisión de cualesquiera de los asuntos delegados.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º, punto 1, del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Sustituir las delegaciones de los asuntos administrativos, realizadas por las Disposiciones Nº 199 del 25 de febrero de 1997 y Nº 107 del 2 de setiembre de 1997, por las que se dictan en la presente medida.

ARTICULO 2º. — Delegar en la Dirección de Administración en su carácter de Servicio administrativo Financiero las facultades de decisión respecto de los asuntos de orden administrativo que se detallan seguidamente:

1. Suscribir los actos de resolución en los reclamos administrativos interpuestos, en la materia de su competencia.

2. Suscribir convenios con instituciones bancarias en materia administrativa relativos a su competencia.

3. Dictar normas de procedimiento administrativo-contable de cumplimiento obligatorio en el ámbito de este Organismo.

4. Percibir, administrar y solicitar el reintegro del FONDO ROTATORIO de esta Administración Federal.

5. Asignar los montos correspondientes a los FONDOS ROTATORIOS y a las CAJAS CHICAS con arreglo a las necesidades del servicio como así también a dictar las normas que procedan a los efectos de reglamentar el funcionamiento de los mismos.

6. Suscribir los contratos de locaciones de inmuebles, ubicados en el radio de Capital Federal y Gran Buenos Aires, siempre que los mismos sean de competencia de la Administración Central.

ARTICULO 3º. — Derógase toda norma administrativa que se oponga a la presente.

ARTICULO 4º. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, a la Dirección de Auditoría y archívese. — CARLOS SILVANI, Administrador Federal.

e. 30/4 Nº 275.777 v. 30/4/99