Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 8880/99

Establécese un grupo de indicativos para los servicios tipo Servicios a la Comunidad.

Bs. As., 9/4/99

VISTO el expediente Nº 4000/99 del registro de la Comisión Nacional de Comunicaciones y,

CONSIDERANDO:

Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional aprobado por Resolución SC Nº 46/97 determina en su punto III.4.1 que los Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme al formato de numeración que allí se indica.

Que en el mismo punto el Plan Fundamental de Numeración Nacional ha establecido el grupo de indicativos "10Y" para los servicios tipo de Emergencia y los grupos "11Y" y "12Y" para los servicios tipo Atención al Cliente.

Que es oportuno establecer un grupo de indicativos para los servicios tipo Servicios a la Comunidad.

Que el Plan de Numeración contempla en su punto V. las previsiones para una futura evolución de los servicios, contando con reserva de numeración para los Servicios Especiales.

Que asimismo en el punto VI.4 dicho plan contempla pautas para la asignación de números para nuevos servicios especiales.

Que la Policía Federal Argentina ha solicitado un código numérico para su "Centro de Informaciones".

Que la asignación de un código de servicios especiales para este servicio encuadra en lo establecido por el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que es facultad de esta Secretaría de Comunicaciones administrar los recursos necesarios para la prestación de los servicios de telecomunicaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias de la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º — Asígnase el Grupo de Indicativos de Servicios Especiales "13Y" para servicios a la comunidad, brindados por entidades gubernamentales o de Servicio Social.

Art. 2º — Asígnase a la Policía Federal Argentina el Indicativo de Servicios Especiales "131" para la recepción de comunicaciones en el "Centro de Informaciones de la Policía Federal Argentina".

Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán Kammerath.