PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución 255/99

Bs. As., 10/5/99

VISTO el Expediente Nº 144-COMFER/97, los Decretos Nº 1144/96, 1260/96, 310/98 y 2/99, las Resoluciones Nº16 COMFER/99, 76 COMFER/99 Y 247 COMFER/99 y la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2, Secretaría Nº4, de la Ciudad de La Plata, con fecha 07/05/99, en autos caratulados "BALCEDO, Marcelo Antonio c/COMFER s/AMPARO" (Expediente Nº15.522), y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones citadas en el Visto de la presente, se relacionan con el Régimen de Normalización de Estaciones de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, establecido por el Decreto Nº1144/96 y su modificatorio Nº1260/96, complementado por su similar Nº310/98, para todo el territorio de la República Argentina.

Que la Resolución Nº16-COMFER/99, recaída en los referidos actuados aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones que regirían los llamados a concurso público para la adjudicación de las licencias de las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia comprendidas en el artículo 4º, inciso a) del Decreto Nº310/98, como así también la adjudicación directa de las licencias de las emisoras contempladas en el inciso b) del citado artículo y acto administrativo.

Que consecuentemente y a fin de poner en funcionamiento el régimen de normalización establecido oportunamente por los actos administrativos referidos en el primer considerando, este COMITÉ FEDERAL, dictó la Resolución Nº76-COMFER/99, para la cual se llamó a Concurso Público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, comprendidas en el artículo 4º,inciso a) del Decreto Nº310/ 98.

Que la resolución mencionada precedentemente aprobó el cronograma por el cual se establecieron los días y horas en que se realizarían las aperturas de las ofertas ocurrentes a los concursos públicos aludidos, como así también el que fijó las fechas en las que deberían formalizarse las presentaciones para obtener las licencias por el sistema de adjudicación directa.

Que tal como surge del oficio judicial recibido en este Organismo con fecha 3 de mayo de 1999, a las 14:09 horas, en autos "BALCEDO, Marcelo Antonio c/COMFER s/AMPARO", en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº2, Secretaría Nº4 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se dictó una medida judicial a fin de "...intimar al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION para que en el plazo improrrogable y perentorio de 24 horas, de recepcionada la notificación, se cumpla con la medida cautelar ordenada en autos, consistente en la abstención de todo acto o hecho que importe la ejecución del procedimiento de selección de adjudicatarios de licencias de radiodifusión por modulación de frecuencia reglado por las resoluciones administrativas 16 y 76/99 de ese Organismo..."(sic).

Que a fin de dar cumplimiento a la orden judicial notificada, se dictó la Resolución Nº247 COMFER/ 99, suspendiendo el procedimiento establecido por el Régimen de Normalización de Estaciones de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, hasta tanto se provea la apelación de la medida cautelar interpuesta por este Organismo o se resuelva la cuestión planteada en autos.

Que en las actuaciones judiciales referidas, autos "BALCEDO, Marcelo Antonio c/ COMFER s/ Amparo", por sentencia interlocutoria del 07/05/99, se ordenó "limitar la medida cautelar dictada en autos, sólo a la normalización del Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, en lo que afecte a las emisoras de alta potencia en la zona de La Plata, hasta que se incluya en dicho proceso la estación reclamada (FM clase A). De tal modo, el estado de la licitación y adjudicación respecto de las FM de baja potencia, se retrotrae al estado anterior al dictado de la medida" (sic).

Que al efecto de dar inmediato cumplimiento a la resolución judicial, corresponde proceder al levantamiento de la suspensión dispuesta en la Resolución Nº247 COMFER/99, reanudar los términos y plazos del procedimiento reglado por la Resolución Nº16 COMFER/99 y reformular los cronogramas aprobados por la Resolución Nº76 COMFER/99 (Anexos I y II).

Que en atención, a lo que ha significado la suspensión cautelar del procedimiento, para los radiodifusores que largamente esperaban la concreción de la normalización del Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia y el notorio incremento de personas físicas o jurídicas interesadas en formalizar las presentaciones para la obtención de licencia mediante adjudicación directa, en las categorías contempladas por el art.4º inciso b) del Decreto Nº310/98, luego de iniciada la ejecución del cronograma aprobado por la Res. 76 COMFER/99, es que se dispone dar favorable acogida a las peticiones formuladas, a través del dictado del acto administrativo por el cual se fija un período complementario para las presentaciones de dichas categorías, con localizaciones en todo el País.

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos y Licencias ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 98, apartado b) inciso 7) de la Ley Nº 22.285 y por el Decreto Nº 802 del 20 de agosto de 1997.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto la Resolución Nº247 COMFER/99, en concordancia con lo dispuesto por el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2, Secretaría Nº 4 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, con fecha 7 y 10 de mayo de 1999, en los autos caratulados "Balcedo, Marcelo Antonio c/ COMFER s/ Amparo" (Expte. Nº 15.522).

ARTICULO 2º — Reanúdanse, los términos y plazos del procedimiento reglado por las Resolución Nº 16 COMFER/99, a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Confírmase, a partir del 17 de Mayo de 1999, el cronograma aprobado por la Resolución Nº 76 COMFER/99 en su art. 2do.

ARTICULO 4º — Reasígnanse nuevas fechas, manteniendo el lugar y el horario, para la apertura de ofertas en los concursos públicos que fueran suspendidos con motivo de la medida cautelar mencionada, de acuerdo al cronograma siguiente:

DIA ASIGNADO S/RES. Nº76 COMFER/99

REASIGNACION

4 de mayo de 1999

10 de junio de 1999

5 de mayo de 1999

11 de junio de 1999

6 de mayo de 1999

14 de junio de 1999

7 de mayo de 1999

15 de junio de 1999

10 de mayo de 1999

16 de junio de 1999

11 de mayo de 1999

17 de junio de 1999

12 de mayo de 1999

18 de junio de 1999

13 de mayo de 1999

22 de junio de 1999

14 de mayo de 1999

23 de junio de 1999

ARTICULO 5º — Fíjase el día 14 de mayo de 1999 para la realización de los concursos públicos, suspendidos el 3 de Mayo de 1999, por Resolución Nº 247/COMFER/99, en el mismo horario y lugar. Las ofertas presentadas que se encuentran depositadas en la Escribanía General de Gobierno, serán incorporadas al acto de apertura por el mencionado Organismo, previa notificación fehaciente a los interesados.

ARTICULO 6º — Confírmase, a partir de la publicación de la presente, el cronograma aprobado por el artículo 3º de la Resolución Nº 76 COMFER/99, para continuar la recepción de las presentaciones que pretendan obtener licencias de estaciones de frecuencia modulada por el sistema de adjudicación directa prevista en el art 4º inc b) del Decreto Nº310/98 . Con respecto a las presentaciones pendientes: de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y AMBA, se prorroga su recepción hasta el día 18 de mayo de 1999 y de la Provincia de Buenos Aires, excepto AMBA, hasta el 26 de mayo de 1999.

ARTICULO 7º — Dispónese un período complementario, entre el 10/06/99 y el 30/06/99, para posibilitar la presentación de toda persona física o jurídica en condiciones de pretender por adjudicación directa ser titular de una licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en las categoría E,F y G, en cualquier localización de país y que no hubiere formalizado su presentación en término.

ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese por un día en el Boletín Oficial, gírese a todas las Direcciones Generales de este Organismo para su conocimiento y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Archívese. — JOSE CARMELO AIELLO, Interventor.

e. 11/5 Nº 277.444 v. 11/5/99