MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 336/99

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 13/5/99

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t.o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones funcionales y operativas aconsejan realizar modificaciones en el accionar de la División Precursores Químicos existente en el ámbito de la Dirección de Inteligencia Fiscal y Aduanera.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Recursos Humanos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional (Disposición Nº 890/98).

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Precursores Químicos" dependiente jerárquicamente del Departamento Drogas Peligrosas e Inspección General, se denominará "Precursores Químicos y Materiales Sensitivos", asignándole la acción y las tareas que se detallan en el Anexo B que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Reemplazar los Anexos A40 y B40 de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — CARLOS SILVANI, Administrador Federal.

ANEXO A 40

ANEXO B 40

DIRECCION DE INTELIGENCIA FISCAL Y ADUANERA

DEPARTAMENTO DROGAS PELIGROSAS E INSPECCION GENERAL

DIVISION PRECURSORES QUIMICOS Y MATERIALES SENSITIVOS

ACCION

Ejercer el control de importación y exportación de precursores químicos fiscalizados, así como entender sobre el tráfico internacional de materiales sensitivos.

TAREAS

1. Requerir los desarrollos informáticos necesarios para contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación de información adicional sobre la producción, importación, exportación y distribución de los productos químicos para la elaboración de drogas.

2. Realizar comprobaciones a empresas productoras, consumidoras, importadoras, exportadoras y distribuidoras de productos químicos, obteniendo datos referidos a sus actividades, como así también a proveedores y clientes, métodos de almacenaje, transporte y medidas de seguridad, confeccionándose un perfil de cada empresa, cruzándolos con la información obtenida de otras fuentes.

3. Realizar investigaciones en base a informes emanados de la división y de otras dependencias de esta Administración Federal, así como por pedido de organismos gubernamentales nacionales y extranjeros.

4. Coordinar la difusión y actualización institucional sobre el tráfico internacional de materiales sensitivos y su tecnología relacionada (componentes: nuclear, químico biológico, residuos peligrosos, etc.).

5. Asesorar —en los aspectos de su competencia— sobre los mecanismos de prevención y respuesta del tráfico ilícito de este tipo de mercaderías y su impacto en las estrategias regionales.

6. Impulsar la inscripción de convenios con entidades especializadas nacionales e internacionales en temas afines al interés de la Administración.

e. 20/5 Nº 278.381 v. 20/5/99