CONVENIOS DE PRESTAMO

Decreto 528/99

Apruébase un Modelo de Convenio de Préstamo para al "Proyecto de Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS", a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

Bs. As., 17/5/99

VISTO el modelo de Convenio de Préstamo propuesto para ser suscrito entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, por un monto igual a DIEZ MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 10.000.000), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido Convenio de Préstamo el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de posibilitar la ejecución del "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS", destinado a coordinar los datos registrados y a registrarse en las distintas bases de datos existentes a nivel nacional, a fin de efectuar una identificación uniforme y homogénea de las personas físicas y jurídicas a nivel tributario y social.

Que la ejecución del citado proyecto contribuirá a fortalecer la acción emprendida por la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para realizar una identificación tributaria y social de todos los habitantes de la Nación Argentina, a efectos de incrementar la recaudación fiscal y focalizar mejor el gasto social.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, períodos de gracia, las tasas de interés, comisiones por compromiso y demás cláusulas contenidas en el Convenio de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se adoptan en este tipo de operaciones y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que está destinado este préstamo.

Que se requiere designar a la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como responsable nacional de la ejecución del préstamo.

Que se requiere canalizar los fondos del préstamo a través de una Cuenta Especial a ser operada por el responsable nacional de la ejecución del préstamo, que se abrirá en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en los términos establecidos en el modelo de Convenio de Préstamo.

Que el Convenio de Préstamo propuesto para ser suscrito se encuentra comprendido en los términos del Artículo 60 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 16 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997).

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Modelo de Convenio de Préstamo para el "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS", cuya ejecución estará a cargo de la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. El mismo consta de SIETE (7) artículos, VEINTISEIS (26) secciones, CUATRO (4) apéndices y DOS (2) anexos a los apéndices, a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO por un monto igual a DIEZ MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 10.000.000). El texto en copia autenticada del Convenio de Préstamo en idioma inglés y su traducción al idioma español forman parte integrante del presente Decreto como Anexo I, la Carta de Implementación, en copia autenticada y su traducción al idioma español forman parte integrante del presente Decreto como Anexo II, y la copia autenticada de las Condiciones Generales aplicables a los Contratos de Préstamo y Garantía para préstamos en moneda única del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO de fecha 30 de mayo de 1995, de acuerdo a la última modificación de fecha 2 de diciembre de 1997, que constan de DOCE (12) artículos y CINCUENTA Y SIETE (57) secciones en idioma inglés y su traducción en idioma español, forman parte integrante del presente Decreto como Anexo III.

Art. 2º — Facúltase al señor MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Convenio de Préstamo con el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO y toda su documentación adicional relativa al modelo aprobado por el Artículo 1º del presente Decreto.

Art. 3º — Facúltase al señor MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Convenio de Préstamo, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino del Préstamo, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º — La SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS actuará como Organismo Ejecutor del "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS" a ser financiado parcialmente por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, y cuyo modelo de Convenio de Préstamo se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto.

Art. 5º — Los fondos de contrapartida que el ESTADO NACIONAL debe aportar, se imputarán en el presupuesto de la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para los respectivos ejercicios durante el período que demande la ejecución del Proyecto.

Art. 6º — Autorízase a la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a realizar por sí y/o delegar, las contrataciones y adquisiciones a ser financiadas con los recursos del préstamo para la implementación del "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS", de acuerdo con las normas y procedimientos contenidos en el Convenio de Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto y el Artículo 72 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997).

Art. 7º — Autorízase a la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a designar como Unidad Ejecutora del préstamo, a la Unidad Ejecutora del "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS", creada por el Decreto Nº 812 de fecha 13 de julio de 1998.

Art. 8º — Los servicios de administración de la UNIDAD EJECUTORA serán llevados a cabo por la Coordinación Administrativa del Programa de Asistencia Técnica para la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, autorizándose a la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a reemplazar los mismos por los de cualquier otra Unidad de Administración existente en el ámbito de la Administración Pública Nacional, o a crearse y a ser financiada con recursos del "PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL SINTyS".

Art. 9º — Autorízase a la SECRETARIA DE EQUIDAD FISCAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a proceder a la apertura de una Cuenta Especial en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA en las condiciones previstas en la Parte B del Apéndice 1 del modelo de Convenio de Préstamo, aprobado por el Artículo 1º del presente Decreto.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).