Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 325/99

Dispónese la registración ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)" de los Estados Unidos de América de un determinado monto, que podrá ser utilizado en futuras emisiones de títulos de la deuda pública durante el presente ejercicio fiscal o siguientes.

Bs. As., 8/6/99

VISTO, el Expediente Nº 001-001403/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 1161 de fecha 15 de julio de 1994, el Decreto Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 326 de fecha 10 de julio de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1161/94 se encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la registración ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA para implementar la emisión de títulos de deuda pública por un monto de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000,).

Que mediante el Decreto Nº 436/99, y luego de sucesivas ampliaciones, se incrementó el monto autorizado a emitir en títulos de la deuda pública y a prorrogar jurisdicción sobre los mismos hasta un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES MIL MILLONES (V.N. U$S 23.000.000.000,-).

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 326/98 se incrementó el monto registrado ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)" por un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL QUINIENTOS MILLONES (V.N. U$S 5.500.000.000,-), totalizando un monto registrado de VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 16.350.000.000,-).

Que entre el año 1994 y los meses transcurridos de 1999, se han colocado instrumentos de deuda pública en el mercado registrado estadounidense, utilizándose un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS (V.N. U$S 15.512.392.200,-) del monto registrado.

Que por los montos autorizados por los Decretos antes mencionados se han utilizado en las emisiones de instrumentos del GOBIERNO NACIONAL un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL (V.N. U$S 17.760.461.000,-), pudiendo utilizarse en futuras emisiones en el mercado registrado estadounidense un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL (V.N. U$S 5.239.539.000.-).

Que existe la posibilidad de volver a acceder al mercado registrado estadounidense, y se entiende necesario realizar la registración de un monto tal que permita realizar emisiones futuras dentro de ese mercado, y cuyo monto sumado a las anteriores registraciones no exceda el monto autorizado por el Decreto 1161/94 modificado por el Decreto 436/99.

Que a fin de rectificar los términos y condiciones de los instrumentos que se emitan en el mercado doméstico estadounidense resulta conveniente proceder a una actualización de los términos de la Declaración de Registro ("Registration Statement") que se ha presentado desde 1994 ante la "SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1161, de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el Decreto Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébanse las modificaciones de la Descripción de los Instrumentos ("Description of Securities") de la Declaración de Registro ("Registration Statement") a ser presentada ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, cuya copia en idioma inglés y su traducción al idioma español obran como anexo a la presente.

Art. 2º — Dispónese la registración ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por un monto de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL MILLONES (V.N. U$S 3.000.000.000,-), que podrá ser utilizado en futuras emisiones de títulos de la deuda pública durante el presente ejercicio fiscal o siguientes.

Art. 3º — Autorízase al Subsecretario de Financiamiento, Doctor Miguel Alberto KIGUEL, o al Representante Financiero en la Ciudad de WAS HINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la misma ciudad, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa, Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación que resulte necesaria para efectuar la presente y futuras registraciones ante la "SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION (SEC)" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Art. 4º — Reconózcanse como gastos máximos necesarios para la registración un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON CIEN MIL (U$S 1.100.000,-) que serán abonados con cargo a la imputación presupuestaria 98 101 099728 03 "Gastos y Comisiones de la Deuda Pública" correspondiente a la Jurisdicción 90.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consulta en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).