Administración Nacional de la Seguridad Social

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución 44/99

Establécese que las deudas previsionales consolidadas cuyos titulares hubieran formulado la opción por el pago en Pesos, se harán efectivas mediante la colocación de Bonos Valor Dólar, de no formular los beneficiarios objeción a esta modalidad de cancelación. Operatoria de modificación de opción de pago de deudas previsionales.

Bs. As., 4/6/99

VISTO el expediente Nº 024-99-80441125-5-115 del Registro de esta Administración Nacional de la Seguridad Social, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 23.982 dispuso la consolidación de créditos a favor de jubilados y pensionados por diferencia de haberes y su cancelación mediante diversas alternativas de pago de las citadas acreencias en las condiciones determinadas por su reglamentación (Decreto Nº 2140/91).

Que de acuerdo lo establecido por el artículo 43, último párrafo, de la Ley Nº 25.064 que aprueba el presupuesto general de la Administración Nacional para el ejercicio 1999 la Administración Nacional de la Seguridad Social quedó facultada para efectivizar las acreencias reconocidas en el marco de las Leyes Nº 23.982 y Nº 24.130, cuyos titulares hubieran ejercido opción por el pago en Pesos, a ser canceladas en Bonos de Consolidación Previsional Valor Pesos/Dólar (Serie I y/o II) y hasta la suma de ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000).

Que los recursos que se destinen a tal efecto, se utilizarán respetando estrictamente el orden de prelación, atendiendo en primer lugar a los de mayor edad.

Que por aplicación de las disposiciones vigentes no existe obstáculo alguno para que, quienes hayan ejercido la alternativa de opción por el pago en pesos, puedan modificarla por alguna de la alternativas de pago del crédito en Bonos de Consolidación de Deuda Previsional en Valor Pesos, o en Bonos de Consolidación de Deuda Previsional en valor Dólares Estadounidenses, una u otra, por el total del crédito de Serie I y II, según corresponda y por única vez, entendiendo en forma irrevocable el carácter cancelatorio de las citadas acreencias con la puesta a disposición del certificado de tenencia respectivo y su aceptación por parte del interesado, de acuerdo a la colocación o acreditación de los citados bonos, sin admitir prueba en contrario.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante dictamen Nº 12.142 se ha expedido conforme con la opinión de la Gerencia Productos y Servicios en el sentido que la cancelación en Bonos Valor Dólar resultaría más beneficiosa para sus titulares.

Que para la instrumentación del cambio de esas opciones se torna necesario organizar una operatoria ágil, que asegure su factibilidad y certeza, y que sea puesto en conocimiento del beneficiario mediante una leyenda en el Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP), según corresponda.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que las deudas previsionales consolidadas en virtud de las leyes Nº 23.982 y Nº 24.130, cuyos titulares hubieran formulado la opción por el pago en Pesos, se harán efectivas mediante la colocación de Bonos Valor Dólar, todo ello, conforme lo dispone el artículo 43, último párrafo, de la ley 25.064 y lo dictaminado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante dictamen Nº 12.142, de no formular los beneficiarios objeción a esta modalidad de cancelación.

Quedan comprendidos en los alcances de esta resolución, los beneficiarios que residan en la República Argentina y se encuentren percibiendo normalmente sus haberes.

Art. 2º — Apruébase la operatoria de modificación de opción de pago de deudas previsionales descripta en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — Los beneficiarios que no acepten esta modalidad de cancelación deberán presentarse en la UDAI/Delegación más cercana a su domicilio, en el período comprendido entre el 1º de junio al 30 de julio de 1999 y cumplimentar el formulario que como Anexo II forma parte de esta resolución.

Art. 4º — Establécese que la Gerencia Unidad Central de Apoyo será la responsable de recibir de las UDAI/Delegaciones los soportes magnéticos de rechazo a que hace mención el Artículo 3º, poniendo en conocimiento de la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones los beneficios cuyos titulares mantengan su opción en efectivo, a los fines de excluirlos de la emisión de los bonos que menciona el artículo 1º de la presente.

Art. 5º — Las UDAI/Delegaciones serán las encargadas de procesar el cambio de opción cuando el beneficiario opte por Bonos Valor Dólar.

Art. 6º — Encomiéndase a la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones la emisión de los certificados de Tenencia, a aquellos Beneficiarios que no formularon rechazo a la modificación de opción o que optaron por Bonos Valor Dólar, excluyendo los casos contemplados en el artículo 3º.

Art. 7º — La operatoria aprobada por el artículo 2º de la presente se desarrollará entre los meses de mayo a julio del corriente año y la puesta a disposición de las acreencias en el último cuatrimestre a través de los respectivos Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, incluyendo a aquellos beneficiarios que reuniendo el orden de prelación establecido por Ley, hayan presentado su cambio de opción a partir del 1º de Enero de 1999 sin haber sido invitados o habiéndolo sido poseían datos filiatorios erróneos que fueron subsanados durante el operativo.

Efectuada la colocación de los Bonos Previsionales, se notificará a los beneficiarios mediante leyenda inserta en la Orden de Pago Previsional (O.P.P) o Comprobante de Pago Previsional (C.P.P).

Art. 8º — Por cada colocación de Bonos de Consolidación de Deuda Previsional se confeccionará un expediente de pago que deberá contener la documentación necesaria para su respaldo.

Art. 9º — La Gerencia de Operaciones, a través de cada Unidad de Atención Integral (UDAI), Delegaciones y de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, será la responsable de la adecuada incorporación al sistema de las novedades que guardan relación con el contralor de las alternativas de las opciones que resulten al cierre del operativo, teniendo a su cargo la confirmación y validación de las mismas.

Asimismo, la Gerencia Unidad Central de Apoyo, tendrá a su cargo validar que el origen de los montos a colocar en este operativo, corresponde al reconocimiento de las deudas de Ley general en el marco de las Leyes Nº 23.982 y Nº 24.130, calculadas según las pautas establecidas por la Resolución DE—SUSS Nº 4/91 y Resolución SSS Nº 44/92.

Art. 10. — La Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones será la responsable del mantenimiento, desarrollo y producción de los sistemas acordes con la correcta aplicación de las pautas de procedimiento establecidas por la Gerencia Productos y Servicios, para garantizar que la información procesada tenga correspondencia con la ingresada y esté en condiciones de ser utilizada para operar las rutinas de control.

Art. 11. — La Gerencia Presupuesto y Finanzas deberá gestionar ante la Secretaría de Hacienda la autorización para disponer la partida específica establecida en el presupuesto para cancelar las acreencias conformadas en el expediente de pago, registrar la totalidad de colocaciones de Bonos de Consolidación de Deuda Previsional y arbitrar los medios para asegurar y conciliar la rendición de cuenta.

Art. 12. — La Gerencia Productos y Servicios deberá generar las definiciones necesarias para la concreción de los procedimientos administrativos y requerimientos informáticos, que permitan la colocación de los Bonos de Deuda Previsional. Asimismo deberá comunicar en forma simultánea a las distintas Gerencias intervinientes las normas de procedimiento para la aplicación de la presente resolución.

Art. 13. — Encomiéndase a las Gerencias Productos y Servicios, Control y Prevención del Fraude y Operaciones a elaborar y proponer en conjunto a esta Dirección Ejecutiva en un plazo no mayor de 90 días, el procedimiento que extienda los alcances de la presente resolución a los beneficiarios que residen en el exterior.

Art. 14. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente, archívese. — Leopoldo van Cauwlaert.

ANEXO I

"Cancelación de Deuda Previsional"

Operativo Cambio de Opción

I. — Introducción

El artículo 43 último párrafo de la Ley de Presupuesto Nacional Nº 25.064, faculta a esta Administración Nacional, a efectivizar, dentro del límite determinado en el primer párrafo del mencionado artículo la suma de $ 150.000.000 (Pesos ciento cincuenta millones), las acreencias reconocidas en el marco de las leyes 23.982 y 24.130, cuyos titulares hubieran ejercido opción por el pago en Pesos, a ser canceladas en Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales Valor Pesos/Dólar (Serie 1 y/o 2 según corresponda), en tanto el interesado no formule objeciones al respecto.

En consecuencia, se instrumenta un procedimiento a aplicar a aquellos beneficios en curso normal de pago, que no se encuentren inhibidos, que hayan ejercido opción "A" y registren saldo pendiente de pago.

II.— Objetivo

Cancelar la acreencias aludidas, mediante la acreditación de los respectivos Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, en el último cuatrimestre del corriente año, por orden de prelación de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a fin de evitar la sub—ejecución de la partida presupuestaria asignada por la Ley que aprueba el Presupuesto Nacional.

III. — Alcance

Desde la notificación en O.P.P o C.P.P de la modificación de la opción en Sistema de Actualización de Opción de Pagos hasta la puesta a disposición de los respectivos Certificados de Tenencia.

IV. — Consideraciones Generales

El marco legal para la cancelación de Deudas Previsionales, fue la sanción de la Ley 23.982, su Decreto reglamentario 2140/91 y la Ley 24.130, la cual prorrogó la fecha de corte establecida en la Ley 23.982.

La misma, dispone que se efectúen las liquidaciones administrativas de las sumas previsionales correspondientes, adeudadas desde el 01/07/87 al 31/03/91, incluyendo importes pendientes por diferencia de haberes reconocidas por Decreto 648/87, Decreto 366/89, etc.

A partir del año 1991 se comenzó con el reconocimiento, cálculo e instrumentación legal de la deuda que se debía pagar a la clase pasiva, respecto de las obligaciones previsionales.

El cálculo de la liquidación se realizó de oficio, en forma masiva y de acuerdo a las pautas establecidas en la Res. S.U.S.S Nº 4/91 (Ley 23.982) y Resolución S.S.S. Nº 44/92 (Ley 24.130), dando como resultado montos de "Deudas de Ley General".

Por lo antedicho, los importes de dichas deudas fueron convalidados por las disposiciones legales vigentes, notificados y aceptados por la clase pasiva.

En virtud que el cambio de la forma de pago de Pesos a Bonos, favorece tanto al acreedor como al deudor puesto que al primero se le cancelan sus acreencias en menor plazo dando mayor liquidez a su poder adquisitivo, el segundo posterga los pagos en efectivo y dado que el artículo 43 último párrafo de la Ley de Presupuesto Nacional Nº 25.064, faculta a esta Administración Nacional a efectivizar dichas acreencias, se procede a implementar una operatoria para la cancelación de las mismas, en Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses.

La operatoria a llevarse a cabo, es de carácter de excepción para el presente año y alcanza a todos aquellos jubilados y pensionados que optaron por cobrar la totalidad de sus acreencias en Pesos, hasta agotar la partida presupuestaria.

A tal fin, se procede a modificar la opción "A" (Pago en efectivo) por opción "D" (Pago en Bonos valor Dólar), a aquellos beneficiarios que por edad y monto pudieran acceder a la efectivización de la totalidad de las acreencias.

Dicha modificación de la opción será informada mediante una leyenda inserta en:

Orden de Pago Previsional (O.P.P), cuyo texto es el siguiente "Se lleva a su conocimiento que de acuerdo a lo previsto en el art. 43 de la Ley de Presupuesto Nº 25.064, se procederá a la cancelación de la suma reconocida por las leyes Nº 23.982 y/o 24.130, con Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses (opción 'D'), con la puesta a disposición del Certificado de Tenencia en el transcurso del corriente año.

Sólo en el supuesto que Ud. no acepte esta modalidad de cancelación, deberá presentarse en la UDAI/Delegación más cercana a su domicilio hasta el 30/07/99, para formalizar su rechazo a la cancelación mediante esta forma de pago".

Comprobante de Pago Previsional (C.P.P) cuyo texto es el siguiente "Se cancelará su deuda Ley 23.982 y/o 24.130 con Bonos valor Dólar, en el corriente año. De no aceptar el ofrecimiento presentarse en UDAI/Deleg hasta el 30/7/99".

En virtud que eventualmente no todos los beneficiarios acepten el cambio de opción a Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses (opción "D"), se implementa una rutina para atender a las UDAI/Delegaciones, a aquellos que ratifiquen su decisión de mantener el Pago en efectivo (opción "A") o decidan modificar la misma por la suscripción de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional (opción "C").

La información sobre los beneficiarios que ratifiquen la opción "A", se remitirá semanalmente a la Gerencia Unidad Central de Apoyo mediante soportes magnéticos, cuyo formato será de acuerdo a las especificaciones de la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

Al finalizar la operatoria, cada UDAI/Delegación procederá a caratular en el sistema S.G.T, 2 (dos) actuaciones de las alternativas que se presenten, una de "Ratificación de opción A" y otra de "Modificación por opción C".

Para la colocación de los Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, se aplicará el circuito de validación, registración y puesta al pago de beneficios vigentes, remitiéndose los correspondientes Certificados de Tenencia a las respectivas entidades bancarias, durante el último cuatrimestre del año en curso.

V. — Nómina de Anexos

Anexo I: Formulario P.S 6.164 —Ratificación de opción "A" o Modificación por opción "C"—

Anexo II: Constancia de modificación de opción emitida por el sistema

Anexo III: Instrucciones para el armado de actuaciones

Anexo IV: Características del soporte magnético

VI. — Detalle de tareas

Gerencia Presupuesto y Finanzas

1. Remite a Gerencia Operaciones, informe sobre el presupuesto disponible para cancelar las acreencias mediante Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, de aquellos beneficiarios que hubieran optado por percibir en Pesos.

Gerencia Operaciones — Gerencia Unidad Central de Apoyo

1. Recibe de Gerencia Presupuesto y Finanzas, informe sobre el presupuesto disponible para cancelar las acreencias mediante Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales, de aquellos beneficiarios que hubieran optado por percibir en Pesos.

2. Solicita mediante nota a Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, listados de beneficios de acuerdo a las siguientes características:

• En curso normal de pago (vigentes)

• Sin inhibiciones

• Con opción original "A" (Pago en efectivo)

• Con saldo pendiente de pago mayor a $ 120,00

• Ordenado por año de nacimiento y saldo de deuda en Dólares

• Excluyendo Sentencias judiciales y residentes en el exterior

3. Recibe de Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, listado con las características indicadas en el punto 2.

4. Valida mediante muestra lo suficientemente representativa, que el origen de los montos corresponde a Deudas Ley General, remitiendo nota a Gerencia Prevención.

5. Cuantifica el universo de beneficiarios que accederá a esta operatoria, teniendo en cuenta el presupuesto asignado y la totalidad de las acreencias a ser canceladas.

6. Del total de beneficiarios en condiciones de cancelar la totalidad de las acreencias, efectúa corte por un año de nacimiento, no excediendo el monto del presupuesto.

7. Establece el año de nacimiento completo que debe efectuarse el corte.

8. Confecciona y remite nota a Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, indicando el año de nacimiento completo que debe efectuarse el corte, mensual que se insertará el texto de mensaje en la O.P.P o C.P.P y el saldo en Dólares de las acreencias a cancelar.

Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones

1. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, solicitud de listado de beneficios.

2. Emite listados de beneficios de acuerdo a las siguientes características:

• En curso normal de pago (vigentes)

• Sin inhibiciones

• Con opción original "A" (Pago en efectivo)

• Con saldo pendiente de pago mayor a $ 120,00

• Ordenado por año de nacimiento y saldo de deuda en Dólares

• Excluyendo Sentencias judiciales y residentes en el exterior

3. Remite listados a Gerencia Unidad Central de Apoyo.

4. Recibe de Gerencia Unidad Central del Apoyo, nota indicando el año de nacimiento completo que debe efectuarse el corte, mensual que se insertará el texto de mensaje en la O.P.P o C.P.P y el saldo en Dólares de las acreencias a cancelar.

5. Procede a efectuar el corte seleccionando los casos que serán notificados.

6. Implementa el texto de mensaje en la O.P.P o C.P.P de los beneficios seleccionados.

7. Resguarda los beneficios seleccionados en un archivo, hasta el proceso de colocación.

8. Confecciona y remite nota a Gerencia Unidad Central de Apoyo, indicando beneficios resguardados en archivo hasta la finalización del operativo.

9. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, conformidad de la nota y archiva.

10. En la fecha dispuesta para la cancelación de las acreencias, procede según circuito de Colocación de Bonos de beneficios vigentes.

UDAI/Delegaciones

1. Requisitos

1.1 Presentación Personal

El beneficiario se presenta adjuntando:

1.1.1. Original y fotocopia de D.U., L.E, L.C. o C.I (en caso de figurar C.I en O.P.P o C.P.P), del titular.

1.1.2. Original y fotocopia de Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) del mensual Mayo/99, donde se encuentre inserta la leyenda respectiva, según corresponda.

1.1.3. Formulario PS. 6.164 (Anexo I) provisto por ANSES, debidamente cumplimentado (únicamente en caso de ratificar opción "A" o modificación por "C").

1.2. Presentación por representante

El apoderado se presenta adjuntando:

1.2.1. Original y fotocopia de D.U., L.E, L.C. o C.I (en caso de figurar C.I en O.P.P o C.P.P), del titular.

1.2.2. Original y fotocopia de DU, LE o LC, del apoderado.

1.2.3. Original y fotocopia de Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) del mensual Mayo/99, donde se encuentre inserta la leyenda respectiva, según corresponda.

1.2.4. Formulario indicado en 1.1.3, debidamente cumplimentado y certificada la firma por autoridad competente.

2. UDAI/Delegaciones — Procedimiento

2.1. Presentación del beneficiario que ratifica opción "A"

2.1.1. El Operador de Novedades recibe la documentación requerida en 1.1.

2.1.2. Verifica que la O.P.P o C.P.P corresponda al mensual Mayo/99 con la leyenda respectiva, según corresponda.

2.1.3. Cumplimenta formulario PS. 6.164 (Anexo I), sin enmiendas ni tachaduras, certifica firma del titular y entrega talón para el beneficiario como constancia del trámite, con firma y sello de UDAI/Delegación.

2.1.4. Incorpora en soporte magnético formato de archivo Extensión TXT (texto), según especificaciones del Anexo IV.

2.1.5. Confecciona nota refrendada por responsable, indicando Nº de beneficio, tipo y Nº de documento, código de Prov. (únicamente para C.I.) y código de UDAI/Delegación de los beneficiarios que ratificaron opción "A".

2.1.6. Remite semanalmente nota indicada en 2.1.5 y soporte magnético, a Gerencia Unidad Central de Apoyo.

2.1.7. Recibe conformidad del remito y archiva.

2.1.8. Al finalizar el operativo caratula mediante Sistema Gestión de Tramite (S.G.T.), una actuación de Ratificación de opción "A" según especificaciones del Anexo III.

2.1.9. Agrega a la actuación, notas indicadas en 2.1.5, documentación respaldatoria y formularios recibidos durante el operativo, ordenados por fecha de presentación y Nº de ex - caja, debidamente foliados y acondicionados para su guarda en la UDAI/Delegación.

2.2. Presentación del beneficiario que solicita opción "C"

2.2.1. El Operador de Novedades recibe la documentación requerida en 1.1.

2.2.2. Verifica que la O.P.P o C.P.P corresponda al mensual Mayo/99 con la leyenda respectiva, según corresponda.

2.2.3. Cumplimenta formulario PS. 6.164 (Anexo I), sin enmiendas ni tachaduras, certifica firma del titular y entrega talón para el beneficiario como constancia del trámite, con firma y sello de UDAI/Delegación.

2.2.4. Modifica en Sistema Actualización de Opción de Pagos (Bonos), opción original "A" (Pago en Pesos) por "C" (Pago en Bonos valor Pesos).

2.2.5. Imprime dos constancias de la modificación de opción (Anexo II).

2.2.6. Adjunta al formulario PS. 6.164 (Anexo I) y a la documentación, una de las impresiones indicadas en 2.2.5. firmada por beneficiario y entrega la otra como constancia de la modificación de opción, firmada por Operador de Novedades y sello de UDAI/Delegación.

2.2.7. Al finalizar el operativo caratula mediante Sistema Gestión de Trámite (S.G.T.), una actuación de "Modificación por opción "C" según especificaciones del Anexo III.

2.2.8. Agrega a la actuación, documentación respaldatoria y formularios recibidos durante el operativo ordenados por fecha de presentación y Nº de ex - caja, debidamente foliados y acondicionados para su guarda en la UDAI/Delegación.

2.2.9. Al finalizar el operativo remite a Gerencia Unidad Central de Apoyo, nota indicando cantidad de casos que modificaron opción "A" por "C".

2.3. Presentación del representante

2.3.1. El Operador de Novedades recibe la documentación requerida en 1.2.

2.3.2. Verifica que la O.P.P o C.P.P corresponda al mensual Mayo/99 con la leyenda respectiva, según corresponda.

2.3.3. Controla que el formulario PS. 6.164 (Anexo I), se encuentre debidamente cumplimentado, sin enmiendas ni tachaduras y certificada la firma por autoridad competente, caso contrario indica al representante lo procedente.

2.3.4. Continúa rutina desde 2.1.4 o 2.2.4, según corresponda.

3. Beneficios con error en datos filiatorios:

3.1. El Operador de Novedades verifica que los datos del titular, Apellido y Nombre, tipo y nº de documento, fecha de nacimiento, coinciden con los consignados en sistema Actualización de Opción de Pagos (Bonos) y el domicilio en sistema RU00.

3.2. De no ser coincidente alguno de ellos, procede a su modificación mediante sistema LMN, de acuerdo a las normativas vigentes.

3.3. Continúa rutina desde 2.1 o 2.2, según corresponda.

4. Gerencia Unidad Central de Apoyo:

4.1. Beneficiarios que ratifican opción "A".

4.1.1. Recibe semanalmente de las UDAI/Delegaciones, nota refrendada por responsable, indicando Nº de beneficio, tipo y Nº de documento, código de Provincia (únicamente para C.I.), código de UDAI/Delegación y soporte magnético formato de archivo Extensión TXT (texto) Anexo IV, con rótulo de identificación "Ratificación opción 'A'".

4.1.2. Migra semanalmente la información recibida en las UDAI/Delegaciones, a un único soporte magnético formato de archivo Extensión TXT (texto) Anexo IV.

4.1.3. Finalizado el operativo, confecciona nota indicando que a los beneficios detallados en el soporte magnético, no debe efectuarse modificación de opción.

4.1.4. Remite copia de nota y soporte magnético a Gerencia Prevención y Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

4.1.5. Recibe conformidad de la nota y archiva.

4.2. Beneficiarios que modificaron opción "A" por "C"

4.2.1. Recibe de cada UDAI/Delegación, nota indicando cantidad de beneficios que modificaron opción "A" por "C".

4.3. Contralor de alternativas

4.3.1. Recibe de Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, informe final y listados de cantidad de casos que ratificaron opción "A", cantidad de casos y montos en Pesos de beneficios que modificaron opción "A" por "C", cantidad de casos y montos en Dólares de beneficios que se incorporó de oficio opción "D".

4.3.2. Verifica por muestreo lo suficientemente representativo ratificando u observando, los casos del listado de beneficios que ratificaron opción "A" remitido por Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

4.3.3. Verifica por muestreo lo suficientemente representativo ratificando u observando, los casos del listado de beneficios que modificaron opción "A" por "C" remitido por Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

4.3.4. Verifica por muestreo lo suficientemente representativo ratificando u observando, los casos del listado de beneficios que se incorporó de oficio opción "D" remitido por Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

4.3.5. Confronta que la suma de los totales de cada UDAI/Delegación, coincida con el total de los casos incluidos en el soporte magnético indicado en 4.1.2 y nota indicada en 4.2.1, con el listados del proceso de cada una de las opciones remitido por Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones.

4.3.6. Remite a Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones y Gerencia Prevención, conformidad del proceso final de los casos indicados en 4.3.2, 4.3.3, 4.3.4, y 4.3.5.

4.3.7. Solicita a Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, la confección de 2 (dos) juegos del padrón final conteniendo los casos que deberán ser incluidos en el proceso de colocación.

4.3.8. Recibe de Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones, 2 (dos) juegos del padrón final conteniendo los casos que deberán ser incluidos en el proceso de colocación.

4.3.9. Remite a Gerencia Prevención, 1 (uno) padrón final indicado en 4.3.8.

5. Gerencia Prevención:

5.1. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, informe del resultado final del proceso.

5.2. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, padrón final con los casos que deberán ser incluidos en el proceso de colocación.

5.3. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, nota indicando que el origen de los montos corresponde a Deudas Ley General 23.982 y 24.130.

5.4. Solicita listados de preliquidación con amortización y renta por serie y especie, con total de beneficios a colocar.

5.5. Recibe de Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones:

• Listados de preliquidación con amortización y renta por serie y especie, con total de beneficios a colocar

• Muestra aleatoria de Certificados de Tenencia

• Parte de novedades de proceso de preliquidación de colocación de bonos

5.6. Proceso de control

5.6.1. Verifica el importe adicional de colocaciones por amortización y renta, tomando el valor total nominal en Pesos y en Dólares consignados en los listados, verificando:

• Número de Ex—Cupón

• Tasa de Pesos y Dólares

• Valor nominal actualizado

5.6.2. Confronta los beneficios incluidos en el padrón remitido por Gerencia Unidad Central de Apoyo con los consignados en los listados remitidos por la Gerencia de Sistemas y Telecomunicaciones.

5.6.3. Selecciona muestras con casos de mayor monto, beneficios de pensión y aleatorios por longitud de paso. La cantidad de casos que integrará la muestra serán determinados cuando se cuente con el universo de casos a colocar.

5.6.4. Verifica Muestra aleatoria de Certificados de Tenencia de los beneficios del punto 5.5. contra pantalla de bonos, controlando:

• Apellido y Nombre

• Número de documento

• Número de beneficio

• Monto nominal de la deuda

• Monto de la deuda con amortización y Renta.

6. Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones:

6.1. Beneficiarios que ratifican opción "A"

6.1.1. Recibe de Gerencia Unidad Central de Apoyo, nota y soporte magnético indicando que no debe efectuarse modificación de opción, a los beneficios detallados.

6.1.2. Procesa soporte magnético, separando del total de casos seleccionados los beneficios que ratifican opción "A".

6.1.3. Emite listado de beneficios que ratifican opción "A".

6.1.4. Elabora informe final, indicando cantidad de casos que ratificaron opción "A".

6.1.5. Remite informe final y listado a Gerencia Unidad Central de Apoyo.

6.2. Beneficiarios que modificaron opción "A" por "C" en UDAI/Delegación

6.2.1. Procesa los beneficios seleccionados, separando del total de casos aquellos que hubieran modificado opción "A" por "C" durante el operativo, en la UDAI/Delegación.

6.2.2. Resguarda en un archivo hasta el proceso de colocación, los beneficios que hubieren efectuado cambio de opción "C" en la UDAI/Delegación.

6.2.3. Emite listado de beneficios que modificaron opción "A" por "C".

6.2.4. Elabora informe final, indicando cantidad de casos y montos en Pesos que se resguardan en el archivo hasta el proceso de colocación.

6.2.5. Remite informe final y listado a Gerencia Unidad Central de Apoyo.

6.3. Beneficiarios que aceptaron el ofrecimiento de opción "D"

6.3.1. Incorpora de oficio, opción "D" al resto del total de beneficios seleccionados, que no hubieran efectuado ratificación de opción "A" o Modificación por opción "C" en la UDAI/Delegación.

6.3.2. Resguarda en un archivo hasta el proceso de colocación, los beneficios que se incorporó de oficio opción "D".

6.3.3. Emite listado de beneficios que se incorporó de oficio opción "D".

6.3.4. Elabora informe final, indicando cantidad de casos y montos en Dólares que se resguardan en el archivo hasta el proceso de colocación.

6.3.5. Remite informe final y listado a Gerencia Unidad Central de Apoyo.

6.4. Remite a Gerencia Unidad Central de Apoyo, 2 (dos) juegos del padrón final con los casos que deberán ser incluidos en el proceso de colocación

6.5. Recibe de Gerencia Prevención, solicitud de listados de preliquidación con amortización y renta por serie y especie, con total de beneficios a colocar.

6.5.1. Remite a Gerencia Prevención, listados de preliquidación con amortización y renta por serie y especie, con total de beneficios a colocar, Muestra aleatoria de Certificados de Tenencia y Parte de novedades de proceso de preliquidación de colocación de bonos.

ANEXO II

ANEXO III

Instrucciones para el armado de las actuaciones y su ingreso en Sistema Gestión de Trámite (S.G.T.).

Con motivo de eventuales reclamos de beneficiarios, auditoría o requerimiento de determinada Gerencia, solicitando recabar información referidas al operativo "Cancelación Deuda Previsional", al finalizar el mismo, cada UDAI/Delegación procederá a caratular en el sistema S.G.T, 2 (dos) actuaciones de las alternativas que se presenten, una denominada "Ratificación de opción A" y la otra "Modificación por opción C".

Ratificación opción "A": Tipo de trámite 507

Modificación por opción "C": Tipo de trámite 508

Cada actuación debe contener:

• Hasta 200 ± 5 fojas foliadas, ordenadas por fecha de presentación y Nº de ex—caja

• Notas remitidas a las Areas Intervinientes por la UDAI/Delegación, firmadas por responsable.

• Notas remitidas por las Areas Intervinientes a la UDAI/Delegación.

• Formularios PS. 6.164 (Anexo I), debidamente cumplimentados y firmados.

• Documentación respaldatoria presentada por Titular, Apoderado o remitida por correspondencia

• Constancias de Sistema, de beneficiarios que modifican opción "A" por "C"

El relevamiento de las actuaciones en Sistema Gestión de Trámite, será en forma automática con las siguientes características:

ORGANISMO: 024

CUIL / T / EXPED.: 99 — Código Automático de Sistema — 0

TIPO DE TRAMITE: 507 o 508 (Según corresponda)

SECUENCIA: 1

Ejemplos:

024 - 99 - Código Automático de Sistema — 0 — 507 — 1 (Actuación Ratificación opción "A")

024 - 99 - Código Automático de Sistema — 0 — 508 — 1 (Actuación Modificación por opción "C")

Las actuaciones quedarán resguardadas en las UDAI/Delegaciones respectivas.

ANEXO IV

Características del soporte magnético

Soporte Magnético: Diskette

Formato de Archivo: Extensión. TXT (Texto)

Información que debe contener: Nombre, tamaño de los campos, tipos de datos.