CONVENIOS

Decreto 779/99

Ratifícase un Convenio celebrado con el Gobierno de la Provincia de La Rioja, en el marco de la Transferencia del Sistema de Previsión Social de dicha Provincia al Estado Nacional.

Bs. As., 15/7/99

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de La Rioja transfirió al Estado Nacional su Sistema de Previsión Social mediante el Convenio celebrado el 29 de marzo de 1996, ratificado por Ley Nº 6154 de la Provincia de La Rioja y por Decreto Nº 503/96.

Que el 6 de julio de 1998 se suscribió un Convenio Modificatorio del citado precedentemente, el que fuera aprobado y ratificado, respectivamente, por la Ley Provincial Nº 6494 y del Decreto Nº 1321/98.

Que, con posteridad, se convino una nueva modificación a los Convenios vigentes.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99,

inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícase el Convenio celebrado en el marco de la TRANSFERENCIA del SISTEMA DE PREVISION SOCIAL de la PROVINCIA DE LA RIOJA al ESTADO NACIONAL suscripto el 15 de julio de 1999, entre el GOBIERNO NACIONAL que, como ANEXO I, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

NOTA: El Convenio que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I, no se publica. El mismo puede ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).