MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley 25.115
Declárase monumento histórico nacional la Sociedad y Biblioteca Sarmiento, sita en la ciudad de Santiago del Estero.
Sancionada: Junio 23 de 1999.
Promulgada: Julio 15 de 1999.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Declárase monumento histórico nacional la Sociedad y Biblioteca Sarmiento, sita en la calle Libertad 674 de la ciudad de Santiago del Estero, provincia del mismo nombre.
ARTICULO 2ş La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos adoptará las medidas necesarias para la preservación de la misma, conforme a lo dispuesto en la Ley 12.665.
ARTICULO 3ş La Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (Conabip) dispondrá la asistencia prevista en el artículo 5ş de la Ley 23.351.
ARTICULO 4ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
REGISTRADA BAJO EL Nş 25.115
ALBERTO R. PIERRI. CARLOS F. RUCKAUF. Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. Juan C. Oyarzún.