COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución Nº 2322/99

Bs. As., 14/7/99

Visto el Expediente Nº EX011971/99 del registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1388 del 29 de diciembre de 1996 fija entre los objetivos de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE la de proteger los derechos de los usuarios.

Que es dable considerar que dichos usuarios puedan efectuar quejas en forma personal en el ámbito de esta Comisión.

Que a tal fin debe existir un instrumento adecuado que permita la canalización efectiva y eficiente de las mismas a fin de propender a su resolución.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Decreto Nº 1388 del 29 de diciembre de 1996, brinda atribuciones suficientes para emitir el presente pronunciamiento.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Habilítase en la Mesa de Entradas de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE un Libro de Quejas destinado a registrar las observaciones en queja que los usuarios consideren respecto del Ente, de su personal así como de la prestación de los servicios de transporte regulados por esta Comisión.

ARTICULO 2º — El mismo estará foliado en hojas por triplicado, cuyo destino será el siguiente: original que permanecerá en el libro; duplicado destinado a ser girado —por Mesa de Entradas y previa apertura de Actuación— a la Gerencia responsable de proceder a remitir la respuesta al presentante de la queja; triplicado para el presentante.

ARTICULO 3º — A partir de la fecha de habilitación del mismo se deberá exhibir en sitio visible de todas las dependencia de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE un cartel con la siguiente leyenda: "Libro de Quejas a disposición del público en la Mesa de Entradas de la Comisión sita en Paraguay 1239 1º piso en el horario de 10:00 a 16:00 hs.".

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. TEODORO FUNES, Director. — Dr. JOSE G. CAPDEVILA, Director Comisión Nac. de Regulación del Transp. — Ing. JORGE ANDRES ANDRADE, Director.

e. 22/7 Nº 285.474 v. 22/7/99