Subsecretaría de Industria
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Disposición 107/99
Modificación de la Resolución Nº 744/97-SICYM, que aprobó un plan de intercambio compensado otorgado a la firma MMA (Manufactura de Motores Argentinos) S.R.L.
Bs. As., 4/8/99
VISTO el Expediente Nº 060-001274/97, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, la firma MMA (MANUFACTURA DE MOTORES ARGENTINOS) S.R.L., con domicilio en Avda. Benito Pérez Galdós 8180, Pablo Podestá, Provincia de Buenos Aires, solicitó se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 744 del 6 de agosto de 1997 modificada por Disposiciones S.S.I. Nº 51 del 18 de diciembre de 1997, S.S.I. Nº 124 del 25 de setiembre de 1998, S.S.I. Nº 145 del 2 de diciembre de 1998 y S.S.I. Nº 100 del 25 de junio de 1999.
Que habiéndose deslizado un error en las posiciones arancelarias de los productos a importar incluidos en el Anexo de la Disposición S.S.I. Nº 100 del 25 de junio de 1999 corresponde subsanar el mismo.
Que por Resolución S.I.C. y M. Nº 306 del 7 de mayo de 1998 la firma MMA (Manufactura de Motores Argentinos) S.A. obtiene el cambio de tipo social en SOCIEDAD ANONIMA en SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, regulado por los artículos 146 y siguientes de la ley de Sociedades Nº 19.550, cuya fotocopia figura agregada a fojas 250/254 del presente expediente.
Que por el Expediente Nº 060-004434/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la firma MMA (MANUFACTURA DE MOTORES ARGENTINOS) S.R.L., solicita la incorporación de nuevos productos a exportar e importar.
Que las modificaciones de las posiciones arancelarias y la incorporación de los nuevos productos a exportar e importar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 744 del 6 de agosto de 1997 modificado por Disposición S.S.I. Nº 51 del 18 de diciembre de 1997, S.S.I. Nº 124 del 25 de setiembre de 1998, S.S.I. Nº 145 del 2 de diciembre de 1998 y S.S.I. Nº 100 del 25 de junio de 1999, resultan viables de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA
DISPONE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 744 del 6 de agosto de 1997 modificado por Disposiciones S.S.I. Nº 51 del 18 de diciembre de 1997, S.S.I. Nº 124 del 25 de setiembre de 1998, S.S.I. Nº 145 del 2 de diciembre de 1998 y S.S.I. Nº 100 del 25 de junio de 1999, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma MMA (MANUFACTURA DE MOTORES ARGENTINOS) S.R.L. con domicilio en Avda. Benito Pérez Galdós 8180, Pablo Podestá, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de CUATRO (4) fojas que forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2º — Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, Decreto Nº 110 del 15 de febrero de 1999 y el Decreto Nº 682 del 23 de junio de 1999 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente mencionado en el VISTO.
Art. 3º — Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma MMA (MANUFACTURA DE MOTORES ARGENTINOS) S.R.L. constituye domicilio especial en Ciudad de La Paz 3464, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º — Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º — Notifíquese a la interesada.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Cuervo.
ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 107
Expediente Nº 060-001274/97
Empresa: MMA (MANUFACTURA DE MOTORES ARGENTINOS) S.R.L.
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. |
Descripción |
8501.31.10 |
Motores para electroventilador |
8501.31.10 |
Motores Eléctricos |
8414.59.90 |
Electroventilador |
8414.59.90 |
Soplador |
8512.40.10 |
Limpiaparabrisas |
Productos a Importar:
Posición NCM |
Descripción |
3926.90.10 |
Arandela plana de plástico |
4016.99.00 |
Pasachapa |
4316.93.00 |
O’ring |
5911.90.00 |
Arandela de Fieltro |
7318.15.00 |
Tornillos |
7318.16.00 |
Tuercas del Conjunto calefactor |
7318.21.00 |
Seeger SS10 |
7318.21.00 |
Anillo Elástico |
7318.22.00 |
Arandela |
7318.22.00 |
Cubo |
7318.23.00 |
Remache |
7318.24.00 |
Espina |
7326.90.00 |
Grampa Cable |
7326.90.00 |
Puente |
7326.90.00 |
Retén cónico |
7326.90.00 |
Clip |
7326.90.00 |
Cubo |
7326.90.00 |
Contrapeso |
7326.90.00 |
Arandela Curva |
7326.90.00 |
Distanciadores. |
7326.90.00 |
Grampas Fija Imanes. |
8414.59.90 |
Electroventiladores. |
8414.90.20 |
Espina |
8414.90.20 |
Cubo de arrestre |
8414.90.20 |
Placa |
8414.90.20 |
Tapa Relé |
8414.90.20 |
Hélices. |
8414.90.20 |
Encauzadores plásticos. |
8415.83.00 |
Calefactores. |
8415.90.00 |
Comando, perilla rotativa, perilla modo, tapa, perilla del Conjunto calefactor |
8481.80.99 |
Válvula de agua-robinete del conjunto calefactor |
8482.10.10 |
Rodamientos. |
8483.10.90 |
Ejes sinfin. |
8483.30.20 |
Buje con brida |
8483.30.20 |
Cubo |
8483.30.20 |
Bujes. |
8483.40.90 |
Rueda dentada |
8501.31.10 |
Motores eléctricos. |
8502.30.00 |
Alzacristales manual |
8503.00.10 |
Inducidos, Placas, Bielas. |
8503.00.10 |
Placa portaescobillas para motor eléctrico. |
8503.00.10 |
Balancín |
8503.00.10 |
Tapas de motor. |
8503.00.10 |
Carcazas. |
8503.00.10 |
Portaescobillas. |
8503.00.10 |
Colectores. |
8505.19.10 |
Imanes. |
8512.90.00 |
Puente |
8516.80.90 |
Resistores resistencia. |
8543.89.90 |
Alzacristales eléctrico |
8543.89.99 |
Intermitente |
8547.20.00 |
Estrella aislante |
8708.29.99 |
Conjunto calefactor consola frente plástico. |
8708.29.99 |
Encauzadores plásticos |
8708.29.99 |
Guantera |
8708.91.00 |
Conjunto calefactor radiador. |
8708.91.00 |
Radiador Calefactor. |