MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

 

Decreto 898/99

 

Designación del funcionario que se hará cargo interinamente del citado Departamento de Estado.

 

Bs. As., 18/8/99

 

VISTO el desplazamiento a la REPUBLICA DE CHILE que efectuará el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Dr. D. Roque Benjamín FERNANDEZ, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que resulta necesario adoptar los recaudos correspondientes a los fines de asegurar el normal cumplimiento de las responsabilidades propias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, mientras su titular se encuentre ausente.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Mientras dure la ausencia de su titular, se hará cargo interinamente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Dr. D. José Alberto Andrés URIBURU.

 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque. B. Fernández.