EXENCION DE GRAVAMENES
Decreto 884/99
Exímese del pago del derecho de importación y demás
tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes
en las Exposiciones “Logisti-K ‘99” y “Transmodal ‘99”, a llevarse a cabo en la
ciudad de Buenos Aires.
Bs. As., 18/8/99
VISTO el
Expediente Nº 061-010249/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma
EXPOTRADE SOCIEDAD ANONIMA solicita la exención del pago del derecho de
importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los
folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda y
elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de
los países participantes en las Exposiciones “LOGISTI-K ‘99 y TRANSMODAL ‘99”,
que tendrán lugar en el CENTRO COSTA SALGUERO de la Ciudad de BUENOS AIRES
(REPUBLICA ARGENTINA), del 23 al 26 de noviembre de 1999.
Que la
realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y
cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente
decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO
NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s) de la Ley Nº 20.545 incorporado por su
similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº 22.792.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Exímese del pago del
derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos
internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de
destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos,
material publicitario, afiches, otras formas de propaganda y elementos de
construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países
participantes en las Exposiciones “LOGISTI-K ‘99 y TRANSMODAL ‘99”, que tendrán
lugar en el CENTRO COSTA SALGUERO de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA
ARGENTINA) del 23 al 26 de noviembre de 1999, para su exhibición y/u obsequio
en las mencionadas muestras, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo
valores FOB.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge
A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.