Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
CITRICOS
Resolución 286/99
Distribución de la cuota otorgada a nuestro país
por los territorios aduaneros individuales de Taiwan, Penghu, Kinmen y Matsu. Empresas
adjudicatarias. Requisitos a cumplir.
Bs.
As., 18/8/99
VISTO
el Expediente Nº 800-004765/99 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y la Resolución Nº 142 del 8 de junio de 1999
del mismo registro, referida a la Cuota de UN MIL (1.000) toneladas de CITRICOS
FRESCOS (limones y pomelos) otorgada anualmente a nuestro país por los
territorios aduaneros individuales de TAIWAN, PENGHU, KINMEN y MATSU, y
CONSIDERANDO:
Que
para acceder a la mencionada cuota, resulta imprescindible que las firmas
cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución Nº
142/99.
Que se
ha practicado el estudio de los antecedentes de las empresas que se han
inscripto según lo previsto en el artículo 3º de la Resolución Nº 142/99, las
que se encuentran en condiciones de acceder a la asignación de la cuota.
Que se
procedió a aplicar el artículo 2º de la Resolución Nº 142/99 para la
distribución de los tonelajes entre las empresas adjudicatarias.
Que en
el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, se detallan las
empresas adjudicatarias.
Que la
DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el
suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las
facultades que le otorga el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996 y sus
modificatorios.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Distribuir la cantidad
de UN MIL (1.000) toneladas de CITRICOS FRESCOS (limones y pomelos) otorgados a
nuestro país por los territorios aduaneros individuales de TAIWAN, PENGHU,
KINMEN y MATSU para el período comprendido entre el 1º de enero de 1999 y el 31
de diciembre de 1999, conforme el Anexo que forma parte integrante de la
presente resolución.
Art. 2º — Asignar a las empresas que se
detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme
los requisitos y parámetros determinados en la Resolución Nº 142 del 8 de junio
de 1999, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION, el tonelaje que en cada caso se indica.
Art. 3º — Déjase expresa constancia que
la adjudicación a que se refiere esta resolución, sólo quedará perfeccionada
cuando las empresas habilitadas cumplimenten previamente todos los requisitos
establecidos en la Resolución Nº 142 del 8 de junio de 1999, del registro de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, caso contrario no
se extenderán los respectivos Certificados de Oficiales de Exportación.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.
ANEXO
EMPRESAS
ADJUDICATARIAS DE CUOTA DE CITRICOS A TAIWAN:
|
TONELADAS |
CITRUSVIL
S. A. |
135 |
VICENTE
TRAPANI S.A. |
165 |
S.A.
SAN MIGUEL A.G.I.C.I. y F. |
450 |
FAMA
S. A. |
125 |
CITRUSALTA
S. A. |
125 |