Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

 

CITRICOS

 

Resolución 286/99

 

Distribución de la cuota otorgada a nuestro país por los territorios aduaneros individuales de Taiwan, Penghu, Kinmen y Matsu. Empresas adjudicatarias. Requisitos a cumplir.

 

Bs. As., 18/8/99

 

VISTO el Expediente Nº 800-004765/99 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y la Resolución Nº 142 del 8 de junio de 1999 del mismo registro, referida a la Cuota de UN MIL (1.000) toneladas de CITRICOS FRESCOS (limones y pomelos) otorgada anualmente a nuestro país por los territorios aduaneros individuales de TAIWAN, PENGHU, KINMEN y MATSU, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que para acceder a la mencionada cuota, resulta imprescindible que las firmas cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución Nº 142/99.

 

Que se ha practicado el estudio de los antecedentes de las empresas que se han inscripto según lo previsto en el artículo 3º de la Resolución Nº 142/99, las que se encuentran en condiciones de acceder a la asignación de la cuota.

 

Que se procedió a aplicar el artículo 2º de la Resolución Nº 142/99 para la distribución de los tonelajes entre las empresas adjudicatarias.

 

Que en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, se detallan las empresas adjudicatarias.

 

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorga el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Distribuir la cantidad de UN MIL (1.000) toneladas de CITRICOS FRESCOS (limones y pomelos) otorgados a nuestro país por los territorios aduaneros individuales de TAIWAN, PENGHU, KINMEN y MATSU para el período comprendido entre el 1º de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 1999, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 2º — Asignar a las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme los requisitos y parámetros determinados en la Resolución Nº 142 del 8 de junio de 1999, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el tonelaje que en cada caso se indica.

 

Art. 3º — Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se refiere esta resolución, sólo quedará perfeccionada cuando las empresas habilitadas cumplimenten previamente todos los requisitos establecidos en la Resolución Nº 142 del 8 de junio de 1999, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, caso contrario no se extenderán los respectivos Certificados de Oficiales de Exportación.

 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.

 

ANEXO

 

EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE CUOTA DE CITRICOS A TAIWAN:

 

 

TONELADAS

CITRUSVIL S. A.

 135

VICENTE TRAPANI S.A.

 165

S.A. SAN MIGUEL A.G.I.C.I. y F.

 450

FAMA S. A.

 125

CITRUSALTA S. A.

 125