Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación
REGIMEN DE MEJORA FINANCIERA DE
LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGROPECUARIO ARGENTINO
Resolución 306/99
Convócase a la segunda
licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas instituido según el
citado Régimen, aprobado por Decreto Nº 880/99.
Bs. As., 20/8/99
VISTO el Expediente N
800-006603/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el
Decreto Nº 880 del 12 de agosto de 1999, la Resolución Nº 285 de fecha 17 de
agosto de 1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto citado
en el Visto se crea el Régimen de Mejora Financiera de la Competitividad del
Sector Agropecuario Argentino.
Que la Resolución Nº 285/99 de
esta Secretaría reglamenta y determina las condiciones de implementación de
dicho régimen.
Que corresponde disponer la
convocatoria al segundo llamado al acto licitatorio.
Que la DIRECCION DE LEGALES del
AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso
de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre de
1992 y sus modificatorios, como así también de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 4º del Decreto Nº 880 del 12 de agosto de 1999.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANERIA,
PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º —
Convócase a la segunda licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas
instituido según el Régimen de Mejora Financiera de la Competitividad del
Sector Agropecuario Argentino aprobado por el Decreto Nº 880 de fecha 12 de
agosto de 1999.
Art. 2º — La
misma se llevará a cabo el día 13 de setiembre de 1999 por un monto de TRESCIENTOS
MILLONES de DOLARES ESTADOUNIDENSES o PESOS (U$S o $ 300.000.000).
Art. 3º — Serán
aplicables a esta licitación las disposiciones establecidas en la Resolución Nº
285 de fecha 17 de agosto de 1999 de registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.
Art. 4º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.— Ricardo J. Novo.