Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

 

PESCA

 

Resolución 307/99

 

Otórgase en forma provisoria un determinado porcentaje de la cuota global de captura a los buques pesqueros fresqueros con permiso de pesca vigente para la captura de merluza común, de conformidad con los antecedentes históricos previstos en la Ley Nº 24.922.

 

Bs. As., 20/8/99

 

VISTO el expediente Nº 800-006652/99 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través del Decreto Nº 792 de fecha 22 de julio de 1999, reglamentario de la Ley Nº 25.109, se estableció una cuota global de captura de CINCUENTA MIL (50.000) toneladas métricas adicionales a la Captura Máxima Permisible de la especie Merluza Común (Merluccius hubbsi) fijada por Resolución Nº 293 de fecha 18 de agosto de 1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.

 

Que en su artículo 2º, la citada norma expresa que la cuota global citada, será distribuida por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO entre la flota de buques fresqueros con permiso de pesca vigente para la merluza común (Merluccius hubbsi), conforme éste lo determine, teniendo en cuenta el criterio del artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Que a través del Acta Nº 12 de fecha 11 de agosto de 1999, el CONSEJO FEDERAL PESQUERO determinó que el SETENTA (70) por ciento de la cuota global de captura establecida por el Decreto Nº 792 de fecha 22 de julio de 1999 sea distribuida provisoriamente en base a las capturas históricas previstas en el inciso 3) del artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Que asimismo estableció que el TREINTA (30) por ciento restante sea distribuido de acuerdo a las restantes pautas señaladas por la citada Ley, para lo cual los armadores interesados deberán acompañar los datos que figuran en el Anexo que forma parte de la presente.

 

Que la mencionada información deberá ser presentada por ante la DIRECCION NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PESCA dentro de los VEINTE (20) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

Que a los efectos de atender necesidades de sectores de máximo interés social se ha previsto que hasta un tercio del TREINTA (30) por ciento restante del total de la cuota de captura asignada pueda ser distribuida entre aquellos armadores que lo requieran, a efectos de evitar efectos socioeconómicos indeseados.

 

Que la SUBSECRETARIA DE PESCA, efectuará la distribución de la cuota global de captura de acuerdo a los parámetros establecidos en la presente resolución.

 

Que la presente asignación de la cuota global de captura no sienta precedentes respecto a la distribución definitiva que realice oportunamente el CONSEJO FEDERAL PESQUERO en los términos del artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, de acuerdo a lo establecido por el artículo 7º, inciso c) de la Ley Nº 24.922 y el artículo 1º del Decreto Nº 214 de fecha 23 de febrero de 1998.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Otorgar una cuota global de captura en forma provisoria, equivalente al SETENTA (70) por ciento de la establecida por el Decreto Nº 792 de fecha 22 de julio de 1999, reglamentario de la Ley Nº 25.109, a los buques pesqueros fresqueros, con permiso de pesca vigente para la captura de merluza común (Merluccius hubbsi) de conformidad con los antecedentes históricos de captura previstos por el inciso 3) del artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Art. 2º — El TREINTA (30) por ciento restante de la cuota asignada, será distribuida dentro de un plazo de TREINTA (30) días a partir de la vigencia de la presente resolución, según las pautas señaladas por el artículo 27 de la Ley Nº 24.922 y de acuerdo con los datos que los interesados informen dentro de los VEINTE (20) días subsiguientes a la DIRECCION NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA de conformidad a lo establecido en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 

Art. 3º — A los efectos de la presente resolución, serán considerados buques fresqueros aquellas embarcaciones que hubieren operado como tales en el último año anterior a la entrada en vigencia de la Ley Nº 25.109, de conformidad con la información existente en la DIRECCION NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PESCA.

 

Art. 4º — De la distribución del porcentaje de la cuota global de captura prevista por el artículo 2º de la presente resolución, podrá reservarse hasta una tercera parte a efectos de ser distribuido a sectores de máximo interés social, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Art. 5º — La SUBSECRETARIA DE PESCA efectuará la distribución de las cuotas global de captura de acuerdo a los parámetros establecidos en la presente resolución.

 

Art. 6º — La presente distribución no sentará precedentes para la que oportunamente se efectúe en forma definitiva de conformidad con lo establecido con el artículo 27 de la Ley Nº 24.922.

 

Art. 7º — La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.

 

ANEXO

CANTIDAD DE PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA EMPLEADO DURANTE EL AÑO 1998

 

MODELO DE PLANILLA A COMPLETAR POR CADA EMPRESA QUE REUNA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO Nº 1 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

 

EMPRESA: …………………………… CUIT: …………………………

 

PERIODO1998

TOTAL DE EMPLEADOS

ENERO

………………………

FEBRERO

………………………

MARZO

………………………

ABRIL

………………………

MAYO

………………………

JUNIO

………………………

JULIO

………………………

AGOSTO

………………………

SEPTIEMBRE

………………………

OCTUBRE

………………………

NOVIEMBRE

………………………

DICIEMBRE

………………………

 

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS SON VERDADEROS

 

FIRMA: ………………………………………

ACLARACION: …………………………………………

NUMERO DE DOCUMENTO: ………………………………

CARACTER DEL FIRMANTE: ………………………………

(PRESIDENTE, DIRECTOR, APODERADO)

 

ELEMENTOS PROBATORIOS QUE DEBEN SER PRESENTADOS

 

PRESENTAR COPIA DEL FORMULARIO F 105 EMITIDO POR EL SISTEMA SIJP (SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES) CORRESPONDIENTE A CADA MES DE 1998, DEBIDAMENTE FIRMADO POR LA AFIP

 

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL CUADRO

 

-CONFECCIONAR UNA PLANILLA CON EL FORMATO DEL CUADRO PRESENTADO.

-COMPLETAR PARA CADA MES EL TOTAL DE EMPLEADOS (CANTIDAD EN NUMEROS) EN RELACION DE DEPENDENCIA Y REMUNERACION BRUTA TOTAL (EN PESOS) ABONADA POR LA EMPRESA.

-AL FINAL DE CADA HOJA, FIRMAR CON CARACTER DE DECLARACION JURADA, CONFORME SE SEÑALA EN EL MODELO QUE SE PRESENTA A CONTINUACIÓN

 

INVERSIONES EFECTIVAMENTE REALIZADAS EN EL PAIS HASTA EL AÑO 1996

 

MODELO DE PLANILLA A COMPLETAR POR CADA EMPRESA QUE REUNA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO Nº 1 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

 

EMPRESA: …………………… CUIT: …………………………

 

PRESENTAR LA INFORMACION DE INVERSIONES A VALOR DE ORIGEN MAS REVALUOS MENOS AMORTIZACIONES

 

AÑO DE INICIO DE LA INVERSIÓN

DETALLE

 

.........................................

.........................................

..........................................

..........................................

...........................................

...........................................

...........................................

 

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS SON VERDADEROS

 

FIRMA: ……………………………

ACLARACION: ………………………………

NUMERO DE DOCUMENTO: …………………………

CARACTER DEL FIRMANTE: ……………………………

(PRESIDENTE, DIRECTOR, APODERADO)

 

ELEMENTOS PROBATORIOS QUE DEBEN SER PRESENTADOS

 

COPIA DE HOJA DE BALANCE GENERAL CORRESPONDIENTE A 1996 QUE RESPALDE LA INFORMACION PRESENTADA FIRMADA POR CONTADOR PUBLICO, CERTIFICADA POR EL CONSEJO DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA JURISDICCION CORRESPONDIENTE, CONSTATANDO:

 

1. DETALLE DE LA INVERSIÓN

2. VALOR DE ORIGEN

3. REVALUOS

4. AMORTIZACIONES

 

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL CUADRO

 

- CONFECCIONAR UNA PLANILLA CON EL FORMATO DEL CUADRO PRESENTADO.

- DESGLOSAR LA INFORMACION A PRESENTAR EN LOS SIGUIENTES ITEMS:

 

1. PLANTAS DE PROCESAMIENTO

2. OTROS INMUEBLES Y CONSTRUCCIONES

3. BUQUES PESQUEROS

4. RESTO DE INVERSIONES EN BIENES DE USO

 

SERVICIOS CONTRATADOS CON COOPERATIVAS DE TRABAJO PARA PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS DURANTE EL AÑO 1998

 

MODELO DE PLANILLA A COMPLETAR POR CADA EMPRESA QUE REUNA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO Nº 1 DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

 

EMPRESA: ………………………… CUIT: ………………………

 

PERIODO 1998

TOTAL DE REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL ABONADA

ENERO

………………………………

FEBRERO

................................................

MARZO

................................................

ABRIL

.................................................

MAYO

..................................................

JUNIO

..................................................

JULIO

..................................................

AGOSTO

..................................................

SEPTIEMBRE

.................................................

OCTUBRE

..................................................

NOVIEMBRE

...................................................

DICIEMBRE

....................................................

 

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS SON VERDADEROS

 

     FIRMA: ………………………

     ACLARACION: …………………

     NUMERO DE DOCUMENTO: ……………………………

     CARACTER DEL FIRMANTE: …………………………

     (PRESIDENTE, DIRECTOR, APODERADO)

 

ELEMENTOS PROBATORIOS QUE DEBEN SER PRESENTADOS

 

PRESENTAR FACTURAS DE PAGO POR SERVICIOS COOPERATIVOS DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS CON FIRMA DE CONTADOR PUBLICO, CERTIFICADA POR EL CONSEJO DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA JURISDICCION QUE CORRESPONDA AL DOMICILIO DE LA PLANTA DONDE SE CONSTATE:

1. NUMERO DE MATRICULA DE INSCRIPCION DE LA COOPERATIVA ANTE EL INAP

2. NUMERO DE CUIT DE LA COOPERATIVA

3. MONTO MENSUAL DE FACTURACION DE LA COOPERATIVA A LA EMPRESA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE MANO DE OBRA, CON INDICACION DE LOS NUMEROS E IMPORTE DE CADA FACTURA Y CONSTANCIA DE SU REGISTRACION EN LOS LIBROS RUBRICADOS POR LA COOPERATIVA RESPECTIVA

 

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL CUADRO

 

-CONFECCIONAR UNA PLANILLA CON EL FORMATO DEL CUADRO PRESENTADO.

 

-COMPLETAR PARA CADA MES EL TOTAL DE REMUNERACION BRUTA TOTAL ABONADA EN CONCEPTO DE SERVICIOS PARA PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS. AL FINAL DE LA HOJA, FIRMAR CON CARACTER DE DECLARACION JURADA, CONFORME SE SEÑALA EN EL MODELO QUE SE PRESENTA A CONTINUACION