Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 611/99
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley
Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. de las importaciones de bienes
de capital de Ralston Purina Argentina S.A. destinados a la fabricación de
alimentos para mascotas.
Bs. As., 23/8/99
VISTO el Expediente Nº 061-007391/97 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma RALSTON PURINA ARGENTINA S. A. ha solicitado
los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme
la Ley Nº 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al
Valor Agregado pagado por importaciones de bienes de capital destinados a la
fabricación de alimentos para mascotas.
Que la firma RALSTON PURINA ARGENTINA S.A,. ha obtenido
una certificación de calidad según la norma ISO 9002.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de
exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex.S.M. e I. Nº 68
y ex.S.C. e I. Nº 70 de fecha 12 de febrero de 1996.
Que del análisis efectuado, surge que los bienes de
capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº 24.402 y que
se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Nº 779
Reglamentario de la Ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente de fecha 31 de
mayo de 1995.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria,
Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención
que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el
Artículo 11 del Decreto Nº 779/95 y el Artículo 5º de la Resolución S.I.C. y M.
Nº 40/97 de fecha 23 de enero de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Considéranse sujetos al
beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 24.402 los montos
correspondientes al I.V.A. de las importaciones de bienes de capital de RALSTON
PURINA ARGENTINA S. A. destinados a la fabricación de alimentos para mascotas
cuyo detalle figura en el Anexo I, según la N.C.M. y que en una (1) planillas
forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º — El incumplimiento por parte de
la beneficiaria de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición
de los bienes de capital objeto de la financiación estipulada en el Artículo 2º
de la Ley Nº 24.402 y/o del compromiso de exportación dará lugar a la
aplicación del Artículo 3º de la Ley Nº 24.402.
Art. 3º — A través de la DIRECCION DE
PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a RALSTON PURINA ARGENTINA S. A.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 611
POSICION ARANCELARIA |
MONTO DEL
I.V.A. |
|
|
8412.21.10 |
$ 340,13 |
8412.31.10 |
$ 189,49 |
8413.60.19 |
$ 19.544,72 |
8414.10.00 |
$ 19,42 |
8419.39.00 |
$ 103.591,40 |
8419.81.90 |
$ 10.225,42 |
8419.89.99 |
$ 24.839,53 |
8419.90.90 |
$ 963,30 |
8421.39.90 |
$ 23,50 |
8422.30.21 |
$ 113.973,49 |
8422.30.29 |
$ 5.619,52 |
8422.40.90 |
$ 37.056,85 |
8422.90.90 |
$ 835,60 |
8423.20.00 |
$ 7.486,77 |
8423.30.11 |
$ 105.652,02 |
8423.90.29 |
$ 1.203,18 |
8437.10.00 |
$ 9.018,15 |
8437.80.10 |
$ 15.945,41 |
8438.50.00 |
$ 41.624,74 |
8438.80.90 |
$ 85.607,81 |
8438.90.00 |
$ 1.377,47 |
8481.10.00 |
$ 400,67 |
8481.80.92 |
$ 111,72 |
8481.80.99 |
$ 2.667,20 |
8483.40.10 |
$ 933,45 |
8483.40.90 |
$ 34,42 |
8485.90.00 |
$ 586,72 |
9030.20.30 |
$ 55,70 |
9032.89.84 |
$ 16.717,99 |
TOTAL A FINANCIAR |
$ 606.645,80 |
SON PESOS SEISCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y
CINCO CON OCHENTA CENTAVOS.