Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
CARNES
Resolución 329/99
Asígnase a Frigorífico Ramallo S.A. una cantidad
determinada de toneladas de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad
otorgado por la Unión Europea a nuestro país para el período comprendido entre
el 1-7-1999 y el 30-6-2000.
Bs. As., 25/8/99
VISTO el expediente Nº 800-005294/99 del registro de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, lo dispuesto en los
autos caratulados “FRIGORIFICO RAMALLO S.A. s/Quiebra” que tramitan por ante el
Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 2 del Departamento Judicial
de SAN NICOLAS, Provincia de BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 16 de julio de 1999 se ha notificado a la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, que se mantiene la
situación de la firma ARRE-BEEF S.A. en la misma que la informada por auto de
fecha 18 de marzo de 1998.
Que en virtud del informe obrante a fojas 25/26,
corresponde asignar a la firma ARRE-BEEF S.A., en su carácter de adquirente en
la subasta de la quiebra, la cantidad de SEISCIENTAS OCHO (608) toneladas para
el período comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30 de junio del año
2000, en cumplimiento a lo ordenado en los autos caratulados “FRIGORIFICO
RAMALLO S.A. s/Quiebra”.
Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la
intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente
acto, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 37 del Decreto Nº
2284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2488 del 26 de
noviembre de 1991, ratificados por la Ley Nº 24.307.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Asignar a la firma FRIGORIFICO
RAMALLO S.A. la cantidad de SEISCIENTAS OCHO (608) toneladas de cortes
enfriados vacunos sin hueso de alta calidad otorgado por la UNION EUROPEA a
nuestro país para el período comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30
de junio del año 2000, en cumplimiento a lo ordenado en los autos caratulados
“FRIGORIFICO RAMALLO S.A. s/Quiebra”.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.