Secretaría de Hacienda

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 445/99

 

Dispónese la emisión de “Bonos de la República Argentina en Euros 8,5% 19992001”.

 

Bs. As., 27/8/99

 

VISTO el Expediente Nº 001-003148/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CINCO MIL MILLONES (V.N. EUROS 5.000.000.000).

 

Que durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada EURO.

 

Que se han recibido propuestas de las principales instituciones financieras especializadas en los mercados europeos, para efectuar una colocación de títulos en dicha moneda.

 

Que se ha entendido que la propuesta realizada por DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLS-CHAFT para proceder a la emisión de títulos a DOS (2) años de plazo por un monto de VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 250.000.000), resultó ser la más conveniente.

 

Que el DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLS-CHAFT, dada la aceptación del instrumento financiero en el mercado europeo, propuso incrementar la emisión por un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000), mejorando las condiciones financieras.

 

Que se ha decidido aceptar la oferta por un total de VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 350.000.000), en dos tramos.

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICOS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del artículo 5º de la Ley Nº 25.064.

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 8,5% 1999-2001” la que será colocada a través de un sindicato de bancos encabezado por DEUSTCHE BANK AKTIENGESELLCHAFT, con fecha 3 de septiembre de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:

 

TRAMO I:

 

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 250.000.000).

 

Precio de emisión: CIEN CON CINCUENTA Y TRES CENTESIMOS POR CIENTO (100,53%).

 

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y OCHO CENTESIMOS POR CIENTO (99,78%).

 

Fecha de emisión y desembolso: 3 de septiembre de 1999.

 

Fecha de vencimiento: 3 de septiembre del 2001.

 

Plazo: DOS (2) años.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Tasa de interés: OCHO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (8,5%) anual, pagadera anualmente.

 

Comisión neta: CERO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0,50%).

 

TAMO II:

 

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000) Precio de emisión: CIEN CON SETENTA CENTESIMOS POR CIENTO (100,70%).

 

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (99,95%).

 

Fecha de emisión y desembolso: 3 de septiembre de 1999.

 

Fecha de vencimiento: 3 de septiembre del 2001.

 

Plazo: DOS (2) años.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Tasa de interés: OCHO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (8,5%) anual, pagadera anualmente.

 

Comisión neta: CERO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0,50%).

 

Gastos de traducción: hasta un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000).

 

Art. 2º — Desígnase a DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLCHAFT como Agencia de Pago “Paying Agent”, para la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 3º — Apruébanse los contratos denominados Acuerdo de Compra de Letras “Note Purchase Agreement” y el Acuerdo de Emisión y Agencia Principal de Pago “Issuing and Principal Paying Agency Agreement” cuyas copias en idioma inglés y su traducción certificada al castellano, obran como Anexo a la presente Resolución.

 

Art. 4º — Autorízase al Subsecretario de Financiamiento Doctor Miguel Alberto KIGUEL, o al Representante Financiero en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la presente Resolución y toda aquella que resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.

 

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).