CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER

 

Decreto 943/99

 

Transfiérese el citado Consejo Nacional dependiente de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación al ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

Bs. As., 25/8/99

 

VISTO el Expediente Nº 001-002154/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.064 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 4 de enero de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por razones operativas resulta conveniente transferir al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER que hasta la fecha desarrollara su accionar en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al ámbito directo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por los artículos 16 y 23 de la Ley Nº 25.064.

 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Transfiérese el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION al ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 

Art. 2º — Establécese que la transferencia dispuesta por el artículo 1º del presente decreto incluye cargos, dotación de personal, créditos presupuestarios, bienes patrimoniales y unidades organizativas dependientes, asignadas oportunamente al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo.

 

Art. 3º — Modifícase la Estructura Programática de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

 

Art. 4º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

 

Art. 5º — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos—, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

 

Art. 6º — El personal que se transfiere por el artículo 2º de la presente medida mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes.

 

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

 

NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas la documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).