Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

 

ADHESIONES OFICIALES

 

Resolución 357/99

 

Auspíciase la “71ª Exposición, Regional con Daireaux y Henderson, de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria, Comercio y Colombófila Nacional”, organizada en la ciudad de Bolívar, provincia de Buenos Aires.

 

Bs. As., 1/9/99

 

VISTO el expediente Nº 800-003674/99 del registro de esta Secretaría, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la SOCIEDAD RURAL DE BOLIVAR, solicita el Auspicio de esta Secretaría para la “71 a . EXPOSICION, REGIONAL CON DAIREAUX Y HENDERSON, DE AGRICULTURA, GANADERIA, GRANJA, INDUSTRIA, COMERCIO Y COLOMBOFILA NACIONAL” que se realizará en la Sociedad Rural de la ciudad de Bolívar, Provincia de BUENOS AIRES, entre los días 4 y 13 de setiembre de 1999.

 

Que los objetivos que se persiguen con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia esta Secretaría.

 

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público la presente medida no implica costo fiscal alguno.

 

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso ll) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2202 del 14 de diciembre de 1994.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Otorgar el Auspicio de esta Secretaría para la “71a. EXPOSICION, REGIONAL CON DAIREAUX Y HENDERSON, DE AGRICULTURA, GANADERIA, GRANJA, INDUSTRIA,  COMERCIO Y COLOMBOFILA NACIONAL” que se realizará en la Sociedad Rural de la ciudad de Bolívar, Provincia de BUENOS AIRES, entre los días 4 y 13 de setiembre de 1999.

 

Art. 2º — La medida dispuesta por el artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.