MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
Resolución 1098/99
Declárase desierta la Licitación Pública Nacional e
Internacional dispuesta por Resolución Nº 651/99, mediante la cual se ofreció
en venta la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos de Azul.
Bs. As., 10/9/99
VISTO el Expediente Nº 080-002550/98 del Registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, lo dispuesto por las
Leyes Nros. 23.696 y 24.045, los Decretos Nros. 1105 del 20 de octubre de 1989;
464 del 29 de abril de 1996 y 1197 del 14 de noviembre de 1997, y la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 651 del 2 de junio
de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en el VISTO se
dispuso la venta en Licitación Pública Nacional e Internacional de la FABRICA
MILITAR DE POLVORAS Y EXPLOSIVOS AZUL perteneciente a la DIRECCION GENERAL DE
FABRICACIONES MILITARES dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que dicho proceso licitatorio se vio frustrado en
virtud de no existir oferentes, motivo por el cual fue declarado desierto.
Que como consecuencia de lo expresado en el
considerando precedente, resulta necesario dar por concluidas las actuaciones
administrativas mediante las cuales se llevó adelante el aludido proceso
licitatorio.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de
este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.
Que en virtud de lo establecido en el Artículo 13
de la Ley Nº 23.696 y el Artículo 2º del Decreto Nº 464 del 29 de abril de
1996, el suscripto se halla facultado para dictar el presente acto
administrativo.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Declarar desierta la
Licitación Pública Nacional e Internacional dispuesta por Resolución del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 651 del 2 de junio de
1999, mediante la cual se ofreció en venta la FABRICA MILITAR DE POLVORAS Y
EXPLOSIVOS AZUL, perteneciente a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES
MILITARES dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por no haber existido oferentes.
Art. 2º — Dar por concluidas las
actuaciones administrativas mediante las cuales se llevó adelante el proceso
licitatorio a que se refiere el artículo precedente.
Art. 3º — Comuníquese a la COMISION
BICAMERAL creada por el Artículo 14 de la Ley Nº 23.696.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Roque B.
Fernández.