MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

 

Resolución 1098/99

 

Declárase desierta la Licitación Pública Nacional e Internacional dispuesta por Resolución Nº 651/99, mediante la cual se ofreció en venta la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos de Azul.

 

Bs. As., 10/9/99

 

VISTO el Expediente Nº 080-002550/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, lo dispuesto por las Leyes Nros. 23.696 y 24.045, los Decretos Nros. 1105 del 20 de octubre de 1989; 464 del 29 de abril de 1996 y 1197 del 14 de noviembre de 1997, y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 651 del 2 de junio de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se dispuso la venta en Licitación Pública Nacional e Internacional de la FABRICA MILITAR DE POLVORAS Y EXPLOSIVOS AZUL perteneciente a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

 

Que dicho proceso licitatorio se vio frustrado en virtud de no existir oferentes, motivo por el cual fue declarado desierto.

 

Que como consecuencia de lo expresado en el considerando precedente, resulta necesario dar por concluidas las actuaciones administrativas mediante las cuales se llevó adelante el aludido proceso licitatorio.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.

 

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 13 de la Ley Nº 23.696 y el Artículo 2º del Decreto Nº 464 del 29 de abril de 1996, el suscripto se halla facultado para dictar el presente acto administrativo.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Declarar desierta la Licitación Pública Nacional e Internacional dispuesta por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 651 del 2 de junio de 1999, mediante la cual se ofreció en venta la FABRICA MILITAR DE POLVORAS Y EXPLOSIVOS AZUL, perteneciente a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por no haber existido oferentes.

 

Art. 2º — Dar por concluidas las actuaciones administrativas mediante las cuales se llevó adelante el proceso licitatorio a que se refiere el artículo precedente.

 

Art. 3º — Comuníquese a la COMISION BICAMERAL creada por el Artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Roque B. Fernández.